CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO
COMISARÍA DE AGUAS
Anuncio de resolución de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de 25 de abril de 2023, de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas de los lagos de Calabazosa y Cueva (Camayor) y del Ajo, con el fin de obtener el embalse de aguas con destino a regulación o ampliación en el estiaje de los caudales disponibles en las corrientes que nacen en aquellos, término municipal de Somiedo (Asturias). Exptes. H/33/3-9-18 y A/33/102-7-4.
Se hace público que la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con fecha 25 de abril de 2023, ha resuelto lo siguiente:
A) Extinguir, el aprovechamiento de los lagos de Calabazosa y Cueva (Camayor) y del Ajo con el fin de obtener el embalse de aguas con destino a regulación o ampliación en el estiaje de los caudales disponibles en las corrientes que nacen en aquellos, en el término municipal de Somiedo (Asturias), otorgado por Real Orden de fecha 3 de enero de 1917 e inscrito actualmente a favor de Hidroeléctrica del Cantábrico, S. A.
B) Cancelar la inscripción en el Registro de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico O. A., con número 9455-A, Sección “A”, Tomo 95, hoja 055 mediante la anotación en el asiento correspondiente del término “extinguido”, indicando la fecha en que se dicta la presente resolución.
C) Notificar la presente resolución a EDP España, S. A. U., como actual titular del aprovechamiento, a la Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos (AEMS) y a la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, como partes interesadas. En caso de que no se pueda efectuar esta notificación, se insta a la Confederación para que proceda a publicar el contenido de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
D) Comunicar el contenido de la resolución a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico O. A. a los fines previstos en la misma y demás actuación procedente.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Medio Ambiente en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente a su notificación.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
En Oviedo, a 5 de mayo de 2023.—La Jefa del Servicio Técnico.—Cód. 2023-03981.