Buscar en el BOPA :

Consultar una disposición

Boletín Nº 86 del lunes 08 de mayo de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Extracto de la Resolución de 26 de abril de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se convocan ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad.

BDNS (Identif.): 691290.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/691290).

Primero.—Beneficiarios:

Personas mayores y personas con discapacidad que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y detallados en la resolución por la que se aprueba la convocatoria.

Segundo.—Finalidad:

Financiar gastos realizados durante el ejercicio presupuestario 2023, así como aquellos realizados desde el 17 de agosto de 2022, para la adquisición de productos de apoyo que aparecen como anexo en la resolución.

Tercero.—Bases reguladoras:

Resolución de 4 de abril de 2011, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda (BOPA de 25 de abril).

Cuarto.—Cuantía de las ayudas:

La cuantía a conceder será la menor de estas dos cantidades: el importe solicitado en virtud del presupuesto presentado por la persona solicitante o la cuantía máxima fijada en el anexo de la resolución para cada uno de los conceptos, en el caso de que el presupuesto supere dicho máximo. La cuantía de la ayuda a conceder será un número entero, de forma que se redondeará a la baja, a su número entero inferior, toda cuantía con decimales.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) están publicadas las Fichas de Servicio que se podrán localizar introduciendo el código AYUD0126T01 (personas con discapacidad) o AYUD0126T02 (personas mayores) en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en las que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante resolución motivada que deberá adoptarse en el plazo máximo de 6 meses contados a partir de la publicación del presente extracto. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria.

Oviedo, a 26 de abril de 2023.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.—Cód. 2023-03683.