AYUNTAMIENTOS
DE CANGAS DE ONÍS
Anuncio. Tasa por suministro de agua, recogida de basura, y servicio de alcantarillado correspondiente al cuarto trimestre de 2022.
Exposición al público
Por resolución de Alcaldía, de fecha 17 de febrero de 2023, ha sido aprobado el padrón determinante de las cuotas y contribuyentes de los siguientes tributos, correspondientes al cuarto trimestre de 2022.
— Tasa por suministro de agua potable.
— Tasa por recogida de basuras.
— Tasa por servicio de alcantarillado.
Lo que se hace público para conocimiento y notificación de los interesados, advirtiéndoles que durante el plazo de quince días se podrán examinar dichos padrones y presentar contra los mismos las reclamaciones o sugerencias que se estimen oportunas.
Recursos: Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo podrán los contribuyentes interponer los siguientes recursos:
— Recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones. Transcurrido un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente se entenderá desestimado por silencio administrativo, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, dentro del plazo de un año, a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición.
Con independencia de lo anterior, se podrá solicitar de esta Administración la revocación de sus actos, la rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos e interponer cualquier otro recurso que estime procedente (arts. 89 y 105 de la Ley 30/1992).
Período de cobro
El plazo de ingreso, en período voluntario, será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El pago de aquellos recibos que no estén domiciliados podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de correos, Liberbank, BBVA, Santander y cajeros de La Caixa, presentando el documento que recibirá en su domicilio. Quienes hayan domiciliado el pago a través de una entidad bancaria se dirigirá a cada una de ellas el cobro de los recibos correspondientes, con la advertencia de que este procedimiento no libera al contribuyente de la obligatoriedad de su ingreso dentro del plazo señalado, si por cualquier motivo el recibo resultase impagado por la entidad bancaria.
Transcurrido dicho plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por vía de apremio, devengando el 20% de recargo, intereses de demora y, en su caso, costas que se produzcan.
En Cangas de Onís, a 17 de febrero de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-01399.