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Boletín Nº 21 del miércoles 01 de febrero de 2023

AYUNTAMIENTOS

DE CORVERA DE ASTURIAS

Anuncio. Convocatoria y bases reguladoras relativas al programa “Cheque de apoyo educativo” para el año 2023.

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Por resolución de Alcaldía de fecha 17 de enero de 2023 se aprobó la convocatoria y bases reguladoras relativas al programa de cheque educativo para el año 2023.

1.—Objeto de la convocatoria.

Las presentes bases tienen por objeto regular el programa “Cheque de apoyo educativo” para el año 2023.

2.—Características y cuantía de la ayuda.

El programa se gestiona a cargo de la partida del presupuesto municipal del área de Servicios Sociales 231 48902 con un crédito inicial de 63.000,00 €. Se establece la posibilidad de ampliar el crédito disponible en la aplicación presupuestaria correspondiente.

A estos efectos, el crédito disponible será distribuido en base a las siguientes escalas de rentas, con lo que la cuantía del cheque de apoyo educativo será de:

— Bloque I: Un importe de 90 € para el alumnado de educación infantil y menores que repitan curso escolar durante el curso 2023/2024.

— Bloque II: El alumnado que curse ciclos de educación Primaria, ESO y Bachillerato durante el curso 2023/2024, el importe del cheque de apoyo educativo será distinto en función de las rentas de la unidad familiar:

• 190 €: Para rentas familiares no superiores a 19.000,00 € brutos anuales, incrementándose el límite hasta los 22.000,00 € brutos anuales para supuestos de familias numerosas.

• 170 €: Para rentas familiares no superiores a 23.000,00 € brutos anuales, incrementándose el límite hasta los 27.500,00 € brutos anuales para supuestos de familias numerosas.

• 150 €: Para rentas familiares no superiores a 29.000 € brutos anuales, incrementándose el límite de hasta 34.000,00 € brutos anuales para supuestos de familias numerosas.

Excepcionalmente, no serán tenidos en cuenta las rentas para aquellas unidades familiares con menores en situación de acogimiento familiar —en familia extensa o ajena— y menores a cargo de mujeres víctimas de violencia de género con orden de protección en vigor. En estos supuestos recibirán la cuantía máxima (190 €).

Estas cuantías estarán siempre supeditadas a la disponibilidad presupuestaria, de tal modo, si el número de solicitudes que cumplen requisitos excede del crédito disponible aplicando estos importes, las cantidades de los mismos serán ajustadas proporcionalmente. Del mismo modo, una vez distribuidos todos los cheques educativos, si quedase remanente presupuestario en la partida de referencia, éste se distribuirá entre los centros públicos del concejo para incrementar el fondo de libros y en cuantía proporcional al alumnado de cada centro como medida de apoyo a la escolarización.

3.—Requisitos.

a) El Programa “Cheque educativo” para el año 2023 va destinado al alumnado de las etapas de infantil, primaria, secundaria y bachiller que cursen estudios en centros públicos o concertados del municipio. Así como alumnado residente en Corvera que cursen esas etapas en centros fuera del municipio y se encuentren empadronados.

La ayuda se destinará a cubrir los gastos derivados de la adquisición de libros y material didáctico solicitado en las etapas educativas a las que va dirigida, quedando expresamente excluidos los libros y/o materiales de actividades extraescolares, tales como academias de idiomas o Escuela oficial de Idiomas, clases de dibujo y pintura, o análogas.

Se incluyen:

— Libros.

— Material escolar (libretas, diccionarios, pinturas, cuadernos, lápices, bolígrafos, tijeras, flautas, folios, carpetas, materiales de geometría, bloc de dibujo, archivador, etc.).

— Mochilas y estuches.

— Otros materiales demandados por los centros como: auriculares, pendrive, agenda, etc.

— Material fungible —sólo bajo disposición del establecimiento correspondiente—: tinta o toner de impresora, etc.

— Fotocopias de material didáctico.

Queda excluido todo material de actividades extraescolares: materiales deportivos, libros y materiales para escuelas de idiomas, materiales de artes plásticas, paraguas, neceser, ropa deportiva, cajas de pañuelos, toallitas húmedas, gel hidroalcohólico, libros de lectura (salvo petición expresa de los centros educativos), etc.

Excepcionalmente, para la etapa de Educación infantil, se admite —siempre a disposición del establecimiento correspondiente— la adquisición de mochila, mandilón, tupper y botella, etc.

Las rentas por unidad familiar no podrán superar los límites económicos de 29.000,00 € o 34.000,00 € cuando se trata de familias numerosas.

Para poder beneficiarse del “Cheque de apoyo educativo” las personas solicitantes y el resto de la unidad familiar deben estar al corriente de obligaciones tributarias, sociales y con la entidad local. Así como tener justificadas ayudas económicas anteriores. Todo ello a fecha de emisión del correspondiente informe por parte de la entidad local.

4.—Lugar y plazo de presentación.

La solicitud será, según modelo oficial, firmada por las personas solicitantes y mayores de edad de su unidad familiar.

Las solicitudes se entregarán en el plazo establecido en cualquier de las Oficinas de Atención a la ciudadanía de este Ayuntamiento, previa solicitud de cita (a través del teléfono 985 09 05 70 o en la página web municipal). También podrán presentarse vía telemática a través de la página web del Ayuntamiento de Corvera (www.ayto-corvera.es).

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

5.—Documentación.

La documentación a presentar, de la totalidad de miembros de la unidad familiar mayores de edad, con la solicitud debidamente cumplimentada y firmada es la que a continuación se especifica:

— En caso de estar trabajando por cuenta ajena, contrato de trabajo y 3 últimas nóminas anteriores a la solicitud.

— En caso de ser pensionista, certificado anual de pensión 2023.

— Si perciben pensión compensatoria y/o alimentos, 3 últimos justificantes de cobro por entidad bancaria.

— En situaciones de impago de aportaciones, copia de la solicitud de ejecución de sentencia, y/o justificante de demanda.

— Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias en la Agencia Tributaria.

— Cualquier otro documento que acredite los ingresos de la unidad familiar.

No existe obligación de presentar documentos que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas, pudiendo quedar exentos de aportar toda aquella documentación que pueda ser obtenida de oficio por los Servicios Sociales municipales, previa autorización de la totalidad de componentes de la unidad familiar mayores de 18 años.

De no firmar autorización en la solicitud para recabar de oficio documentos, deberán aportar, además:

— Las personas desempleadas, certificado de ser demandantes de empleo y cobro o no de prestación y duración de las mismas.

— IRPF del ejercicio del 2021.

— Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.

6.—Proceso de concesión y entrega de cheques.

Se comprobará que las solicitudes estén debidamente cumplimentadas y con la documentación necesaria, si ésta estuviera incompleta, se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de 10 días naturales aporte la documentación, indicando que si no lo hiciera se entenderá como desistida su solicitud.

Valoradas las solicitudes se emitirá informe técnico con propuesta favorable o desfavorable. El otorgamiento o denegación se realizarán por resolución de alcaldía.

La resolución del programa “Cheque de apoyo educativo” será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, de acuerdo con la Ley de protección de datos y estará a disposición de las personas en el Centro Tomás y valiente. Esa publicación sustituirá la notificación individual y surtirá los mismos efectos en los términos que se establece en los artículos 45 1.b y 40.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes desfavorables recibirán notificación individual. Serán causas de denegación: desistimiento de la solicitud prevista en esta convocatoria, el incumplimiento de alguno de los requisitos, no presentar la documentación exigida en el plazo que corresponda, cuando se compruebe la existencia de falsedad en la documentación presentada o haber incurrido en absentismo escolar durante el curso 2023-2024.

Los cheques serán entregados en el salón de actos del Centro Tomás y Valiente, los días 4, 5 y 6 de septiembre y podrán ser canjeados en los establecimientos comerciales hasta el 30 de septiembre de 2023.

En caso de no hacer un correcto uso del cheque asignado conlleva la no participación en el programa en cursos sucesivos.

Cualquier modificación o cambio que afecte al nivel de estudios a cursar, afectando a ciclos no incluidos en la presenta convocatoria, habrá de ser notificado a Servicio Sociales antes del 20 de agosto o lo antes posible si se da con posterioridad a esa fecha. De no dar traslado de ello, se procederá a la anulación del cheque educativo correspondiente y a la sanción sin poder acceder a la próxima convocatoria de dicha ayuda.

En Corvera de Asturias, a 18 de enero de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-00431.