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Boletín Nº 11 del miércoles 18 de enero de 2023

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE SALUD
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de rectificación de errores materiales detectados en la Resolución de 19 de diciembre de 2022 de esta Dirección por la que se convoca concurso-oposición para el acceso a 740 plazas de personal estatutario fijo de la Categoría de Enfermero/a del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Por Resolución de 19 de diciembre de 2022 de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, fue convocado concurso oposición para el acceso a 740 plazas de personal estatutario fijo de la categoría de Enfermero/a del Servicio de Salud del Principado de Asturias y que se corresponden con plazas incluidas en la Ofertas de Empleo Público de la Administración del Principado de Asturias para los años 2019 y 2020, aprobadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de diciembre de 2019 y de 23 de diciembre de 2020 respectivamente (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de diciembre de 2019 y de 30 de diciembre de 2020).

Tras su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 30 de diciembre de 2022, advertidos errores materiales en la citada Resolución se procede en virtud de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, a su rectificación.

Por ello, esta Dirección Gerencia, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 128.3.c) de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud y en el Decreto 50/2022, de 20 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los órganos de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias,

RESUELVE

Primero.—Rectificar errores detectados en el anexo II “Baremo Méritos” Apartado 2.1.1.3 Formación Complementaria, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Por cursos superiores de postgrado, diplomas o certificados de cursos dirigidos a la categoría a la que se opta: 0,004 puntos por cada crédito avalado por la CFC”.

Debe decir:

“Por cursos superiores de postgrado, diplomas o certificados de cursos dirigidos a la categoría a la que se opta: 0,04 puntos por cada crédito avalado por la CFC”.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, así como en el portal corporativo Astursalud (www.astursalud.es).

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, 10 de enero de 2023.—La Directora Gerente.—Cód. 2023-00219.