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Boletín Nº 15 del martes 24 de enero de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

Resolución de 10 de enero de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueba la carta de servicios de la Biblioteca de Asturias “Ramón Pérez de Ayala”.

El Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, en su artículo 3, las define como documentos en los que cada órgano o unidad informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a aquella en relación con estos servicios.

Los responsables de su elaboración, gestión y actualización serán los titulares de los órganos o unidades a los que se refieran, correspondiendo su aprobación a la Consejería competente por razón de la materia, mediante resolución, previo informe de la Dirección General competente en materia de calidad en la prestación de los servicios públicos.

La Dirección General de Cultura y Patrimonio ha elaborado la Carta de servicio de la Biblioteca de Asturias “Ramón Pérez de Ayala”, un instrumento de mejora de la calidad de los servicios públicos.

La carta ha sido informada por la Dirección General de Gobernanza Pública, Transparencia, Participación Ciudadana y Agenda 2030, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 del decreto indicado.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la carta de servicios de la Biblioteca de Asturias “Ramón Pérez de Ayala”, que figura como anexo a la presente resolución.

Segundo.—Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, 10 de enero de 2023.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód. 2023-00216.

Anexo

CARTA DE SERVICIO DE LA BIBLIOTECA DE ASTURIAS “RAMÓN PÉREZ DE AYALA”

Misión

La misión de la Biblioteca de Asturias “Ramón Pérez de Ayala” es recoger, conservar y difundir el patrimonio bibliográfico asturiano. Dicha misión se define a través de las siguientes funciones:

— Mantener la mayor colección bibliográfica, impresa, sonora y visual, de patrimonio bibliográfico asturiano, producido en Asturias o relacionado con la región por su autor o temática, a través de adquisiciones, donaciones y mediante la normativa de Depósito Legal.

— Ejercer el control bibliográfico regional mediante la descripción bibliográfica y la elaboración de la bibliografía asturiana, y su publicación mediante catálogos en línea.

— Inventariar, catalogar e investigar el tesoro bibliográfico asturiano.

— Disponer las acciones encaminadas para poner a disposición del público la mejor y mayor colección bibliográfica de carácter universal del conjunto de bibliotecas del Principado de Asturias.

— Establecer y mantener la cooperación con los servicios bibliotecarios de los distintos ámbitos competenciales.

— Gestionar la Biblioteca Pública del Estado en Oviedo.

— Gestionar la Oficina del Depósito Legal de Asturias.

— Ser el depósito preferente para los fondos bibliográficos, sonoros y fílmicos de interés para el Principado de Asturias.

— Organizar programas de extensión cultural en relación con sus fondos o con los de otras instituciones con las que se establezcan acuerdos de colaboración.

Datos de identificación del órgano

Principado de Asturias

Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo

Dirección General de Cultura y Patrimonio

Biblioteca de Asturias “Ramón Pérez de Ayala”

Código de identificación (DIR3): A03028936

Dirección: Plaza Daoiz y Velarde 11, 33009 Oviedo

Correo electrónico: bibliast@asturias.org

Página web: https://www.bibliotecaspublicas.es/oviedo/

Teléfonos: 985 218 095/985 211 397

Horario de atención a la ciudadanía:

De lunes a viernes de 8:30 a 20:50

Sábados de 10:00 a 13:50 y de 16:00 a 20:50

Domingos y festivos de 10:00 a 13:50

Normas que regulan la prestación del servicio

— Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias.

— Decreto 13/2013, de 6 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, sobre el depósito legal en el ámbito del Principado de Asturias.

— Resolución de 28 de junio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se establecen las normas que han de regular el préstamo interbibliotecario entre las bibliotecas públicas del Principado de Asturias.

Servicios prestados

— Información bibliográfica.

— Internet y ofimática: ordenadores con acceso gratuito a la consulta de Internet, permitiendo la impresión y tareas ofimáticas.

— Consulta de adultos: material de referencia básico (anuarios, diccionarios, enciclopedias, repertorios, manuales) en libre acceso, fondos generales en depósitos y colecciones asturianas.

— Préstamo de adultos: material en libre acceso para el préstamo domiciliario, tanto de libros como grabaciones sonoras y vídeos.

— Hemeroteca: prensa y revista actuales, así como publicaciones seriadas antiguas.

— Sección infantil y juvenil: consulta de monografías y préstamo domiciliario de libros, grabaciones sonoras y vídeos.

— Depósito Legal: gestión de las solicitudes de Depósito Legal en Asturias.

— Expedición de carnés.

— Reserva de instalaciones: salón de actos, sala de exposiciones y aula de actividades.

— Visitas guiadas en grupo.

Derechos de la ciudadanía

Además de los enumerados en los artículos 13, 14, 15 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, la ciudadanía tiene los siguientes derechos:

— Acceder libre y gratuitamente a las instalaciones y a su uso, con respeto a los horarios y normas establecidos por el órgano competente.

— Recibir la información y orientación relacionada sobre las funciones de la Biblioteca de Asturias, los servicios que presta y su utilización, de manera presencial, telefónica, escrita o electrónica, de forma eficaz y rápida.

— Recibir la información bibliográfica pertinente, así como acceder a los fondos bibliográficos, audiovisuales, sonoros o de cualquier otro tipo que atesore la institución, con las limitaciones que para su protección y conservación se fijen.

— Poseer un carné de usuario que le permita acceder a los servicios prestados por la Biblioteca, en especial el préstamo domiciliario, siempre que se cumpla la normativa del mismo.

Presentación de sugerencias y quejas (formas de participación ciudadana)

Los ciudadanos podrán presentar sugerencias (ideas con las que pretende mejorar los servicios que presta la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, o alguno de sus procesos, o solicitudes para la prestación de servicios o actuaciones no ofrecidos) y quejas (incidencias durante la prestación de un servicio por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos que produce en quien reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada) a través del formulario correspondiente:

— Por el canal presencial o por correo postal en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana de Oviedo, Gijón o Avilés, o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere la LPAC.

— Por Internet en www.asturias.es (SUGE0005T01).

Compromisos de calidad

— Atender las consultas presenciales de los usuarios de forma inmediata en el 90% de los casos (excepto en períodos vacacionales).

— Mantener el 75% de los recursos informáticos siempre disponibles para los usuarios.

— Garantizar la disponibilidad de los medios informáticos y ofimáticos: disposición de 1 hora para consultas, media hora para impresión y 2 horas para tareas ofimáticas.

— Poner a disposición de los usuarios los ejemplares almacenados en depósitos en un plazo máximo de 10 minutos en un 90% de las solicitudes.

— Mantener actualizada la colección bibliográfica asturiana, para ofrecer una amplia gama de títulos para la consulta, al menos 2.000 ejemplares nuevos al año.

— Mantener actualizada la colección de préstamo, para ofrecer una amplia gama de títulos mediante compra, al menos 1.000 ejemplares nuevos al año.

— Iniciar la tramitación de las solicitudes de préstamo interbibliotecario en el plazo máximo de 4 días.

— Estudiar el 100% de las desideratas (solicitud de adquisición de material que no se encuentra en los fondos de la Biblioteca) para comprobar su adaptación a la política de compras de la Biblioteca, en un plazo máximo de 4 días (excepto en períodos vacacionales).

— Adquirir al menos 15 revistas de ámbito nacional.

— Entregar los ejemplares de hemeroteca en depósitos, en un plazo máximo de 10 minutos en el 90% de los casos.

— Mantener actualizada la colección de préstamo infantil y juvenil, para ofrecer una amplia gama de títulos mediante compra, al menos 300 ejemplares nuevos al año.

— Asignar el número de Depósito Legal solicitado, bien de forma presencial o telefónica, en un plazo máximo de 15 minutos en un 95% de las solicitudes, dentro del horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

— Envío de los carnés por correo ordinario en un plazo máximo de 5 días desde su solicitud, en un 95% de los casos.

Indicadores

— Porcentaje de consultas de información bibliográfica atendidas de forma inmediata.

— Porcentaje de recursos informáticos disponibles. Para acceso a Internet, impresión y tareas ofimáticas.

— Tiempo de disposición medio de los ordenadores de acceso a Internet, impresión y tareas ofimáticas, por parte de los usuarios.

— Porcentaje de ejemplares en depósitos que se entregan en un plazo máximo de 10 minutos.

— Número de ejemplares de la colección bibliográfica asturiana añadidos anualmente.

— Número de ejemplares de la colección de préstamo añadidos anualmente.

— Porcentaje de solicitudes de préstamo interbibliotecario iniciadas en un plazo máximo de 4 días.

— Porcentaje de solicitudes de desideratas estudiadas en un plazo máximo de 4 días.

— Porcentaje de ejemplares de hemeroteca, almacenados en depósitos, entregados en un plazo máximo de 10 minutos.

— Número de ejemplares de la colección de préstamo infantil y juvenil añadidos anualmente.

— Porcentaje de números de Depósito Legal, asignados en un plazo máximo de 15 minutos.

— Porcentaje de carnés enviados por correo ordinario en un plazo máximo de 5 días desde su solicitud.

Medidas de subsanación y modo de formular reclamaciones por incumplimiento de los compromisos

Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta podrán dirigirse al Director de la Biblioteca de Asturias. En un plazo máximo de 30 días naturales el Director de la Biblioteca de Asturias se dirigirá al usuario por el medio que este haya especificado informando de las causas por las cuales el compromiso no se haya podido cumplir y de las medidas adoptadas, en su caso, para subsanar el incumplimiento denunciado.

El incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta en ningún caso dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.