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Boletín Nº 15 del martes 24 de enero de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se delimita el camino histórico del puerto de San Isidro, concejo de Aller, se incluye en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de vía histórica, y se reconoce como ruta jacobea.

Antecedentes de hecho

Primero.—El camino histórico del puerto de San Isidro, de remoto origen, constituyó en los siglos pasados una de las más importantes rutas de comunicación con el centro peninsular, acogiendo intenso tráfico de ganaderos, arrieros, comerciantes y toda suerte de pasajeros, y constando específicamente su uso por peregrinos jacobeos. Aunque su itinerario fue suplantado por la carretera de Santullano a Puebla de Lillo, a lo largo del recorrido se conservan tramos originales de diversas épocas, entre las que descuellan las realizadas a finales del siglo XVI en la zona del puerto, manteniendo restos de interés como cajeados en la roca, muros de contención y pavimentos empedrados que, en conjunción con otras propiedades, evidencian una aptitud carreteril según se expone en la cartografía anexa.

Segundo.—Con fecha 7 de septiembre de 2021, mediante Resolución de la Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, se incoó expediente para establecer la delimitación del camino histórico del puerto de San Isidro, concejo de Aller, su inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de vía histórica y su reconocimiento como ruta jacobea (BOPA n.º 209, de 29-X-2021, con corrección de errores en BOPA n.º 235, de 9-XII-2021).

Tercero.—Con posterioridad a dicha incoación se han seguido los trámites indicados en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural, solicitándose informes relativos a esta propuesta a la Real Academia de la Historia, a la Universidad de Oviedo y al Ridea, como instituciones consultivas, que se manifestaron de manera favorable:

— Con fecha 12 de diciembre de 2021 tiene entrada el informe de la Universidad de Oviedo en el que subraya la importancia del camino en el poblamiento histórico y manifiesta la necesidad de que se promueva su salvaguarda no solo por los restos materiales que conserva, sino también por su inserción en un contexto espacial de gran interés de manera que sirva de marco para una acción cultural planificada.

— En fecha 18 de enero, con fundamento en la importancia histórica del camino y en la documentación acreditada, se recibe informe favorable del Ridea a la propuesta objeto de incoación.

— El 11 de abril de 2022 la Real Academia de la Historia emite informe favorable a la incoación en virtud del incontestable interés histórico del camino y de los vestigios conservados, incentivando a que en las actuaciones futuras se propenda al uso y mantenimiento de los trazados primigenios.

— Por su parte, en sesión de fecha 31 de enero de 2022, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias comunica el informe acordado en el que se realiza una clasificación y calificación urbanísticas según el Trotu y el Plan General de Ordenación Urbana de los tramos pormenorizados, tratándose en todos los casos de Suelo No Urbanizable de variada asignación, excepto algunos sectores insertos en Suelo Urbano o Urbanizable Residencial coincidentes con el tránsito por algunos núcleos de población, todo ello sin comportar estorbo para los fines de la incoación.

Cuarto.—Con fecha 1 de marzo de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el anuncio de la apertura del trámite de información pública relativa a este expediente (BOPA n.º 41), habiéndose presentado en el plazo establecido tres alegaciones particulares que proponen diversos cambios en algunos tramos del trazado establecido en el estudio que sustentó la incoación. Una vez analizadas las propuestas se considera probada la existencia de las siguientes variantes históricas y trazados ligeramente distintos, según se plasma en el documento cartográfico del anexo I de esta Resolución y forma parte de la misma:

Zona del puerto de San Isidro.

— Variante de Campalafaya

— Sucesión de variantes de La Mozquita.

— Trazado histórico sobre las viseras de la carretera hasta el p. k. 37.780, en vez de por la misma carretera.

— Trazado histórico en zigzag entre los p. k. 36.160 y 35.470.

Zona de Felechosa.

— Variante S por la Ponte d’Abajo.

Zona de Levinco.

— Trazado histórico por la carretera en el acceso desde el E en vez de por la vía del ferrocarril.

— Trazado histórico entre Levinco y Vegas.

Zona de Santibanes de la Fuente al puente de Entrepeñes.

— Variante histórica por las invernales encima de la venta de Valdevenero.

Quinto.—El conjunto de la tramitación fue analizado por la Comisión Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias en su sesión del día 26 de mayo de 2022, pronunciándose un acuerdo favorable a la delimitación del camino histórico del puerto de San Isidro, concejo de Aller, a su inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de vía histórica, y a su reconocimiento como ruta jacobea.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias, 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.—Vistos los artículos 22 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, que regulan el procedimiento que debe seguirse para la inclusión de un bien en el Inventario de Patrimonio Cultural, así como la disposición adicional 5.ª de la misma relativa a la protección de los trayectos asturianos del Camino de Santiago y los artículos 29 y siguientes del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Segundo.—Examinada la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.—En lo relativo a las competencias, es de aplicación el Decreto 13/2019 de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

En virtud de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho,

RESUELVO

Primero.—Incluir en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de Vía Inventariada, el camino histórico del puerto de San Isidro por el concejo de Aller, conforme a la delimitación establecida en el anexo I de la presente Resolución, que forma parte de la misma, y proceder su reconocimiento como ruta jacobea.

Segundo.—En el anexo II se detallan la clasificación y calificación de las parcelas identificadas en el trazado.

Tercero.—Notificar la presente Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Aller y al Registro de la Propiedad, ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial de Estado, procediéndose, asimismo, a su inscripción en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad previa de interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, los interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Oviedo, a 5 de diciembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód. 2023-00195.

Anexo I

Delimitación del Camino Histórico del Puerto de San Isidro, concejo de Aller, cartografía del trazado

Para facilitar su consulta se adjuntan URL`s de acceso independiente a los documentos anexos:

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_00.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_01.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_02.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_03.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_04.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_05.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_06.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_07.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_08.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_09.pdf

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ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_12.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_13.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_14.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_15.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_16.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_17.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_18.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_19.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_20.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_21.pdf

ftp://ftp.asturias.es/asturias/bopa/20230124/2023-00195/ALLER_22.pdf

Anexo II

IDENTIFICACIÓN DE LOS TRAMOS CONSERVADOS

Según su estado de conservación el camino puede dividirse en dos grandes tramos, uno entre el puerto y el pueblo de Llanos donde el trazado histórico se conserva en su mayor parte y es transitable debido a algunas acomodaciones modernas, y el resto del recorrido hasta Ujo en el que el camino perdió organicidad suplantado por la carretera, con excepción de cortos segmentos, unos vigentes como ramales de acceso a los núcleos y predios inmediatos y otros ya meras huellas topográficas ocupadas por el parcelario. Los sectores que se inventarían por su mayor interés son los siguientes:

1. Tramo La Raya-p. k. 34 de la AS-112.

Conserva a lo largo de unos 9 km la caja histórica abandonada con las propiedades constructivas más llamativas. Dos tramos de 200 y 500 m fueron convertidos en carretera AS-112 y otro de 150 m desapareció completamente. La carretera lo corta en otras dos ocasiones en p. k 35,550 y p. k. 36,100.

Parcelas afectadas: polígono 70, Ref. Catastral 33002A07000034; Polígono 69: Ref. Catastrales 33002A06900017, 33002A06900018, 33002A06900019, 33002A06900031; polígono 72, Ref. Catastrales 33002A07200105, 33002A07209003, 33002A07200059.

(Véanse los planos Aller-01, Aller-02, Aller-03 y Aller-04 en la URL de la cartografía del trazado).

2. Tramo Puente de la Muñeca-Campa de Malmedián.

Aproximadamente 1 km al N de la AS-112.

Parcelas afectadas: polígono 68, Ref. Catastrales 33002A06809007, 33002A06809030.

(Véase el plano Aller-06 en la URL de la cartografía del trazado).

3. Tramo p. k. 27 de la AS-112-Pola del Pino.

Tramo de 400 m al SO de la AS-112.

Parcela afectada: polígono 76, Ref. catastral 33002A07609007.

(Véase el plano Aller-09 en la URL de la cartografía del trazado).

4. Tramo Pola del Pino-Las Ceposas.

Trecho de unos 650 m que es cortado por la AS-112.

Parcela afectada: polígono 77, Ref. catastral 33002A07709002.

(Véase el plano Aller-09 en la URL de la cartografía del trazado).

5. Tramo Llanos-Santibáñez de la Fuente.

Segmento de 700 m al N de la As-112 entre p. k. 24 y 25.

Parcelas afectadas: polígono 78, Ref. Catastrales 33002A07809002; Polígono 59: Ref. Catastrales 33002A05900315, 33002A05900311, 33002A05900313, 33002A05900316, 33002A05900312, 33002A05900178, 33002A05900310, 33002A05900187, 33002A05900181, 33002A05900180.

(Véase el plano Aller-10 en la URL de la cartografía del trazado).

6. Tramo Santibáñez de la Fuente-p. k. 23 de la AS-112.

Tramo de 800 m de caminos públicos y linderos de fincas.

Parcelas afectadas: polígono 57, Ref. Catastrales 33002A05700184, 33002A05700239, 33002A05700143, 33002A05700104, 33002A05700299, 33002A05700294, 1580005TN9718S.

(Véase el plano Aller-11 en la URL de la cartografía del trazado).

7. Tramo La Brea de Valdevenero.

Sector de 150 entre p. k. 21,800 y 22,00 al E de la AS-112, coincidente con una leprosería medieval.

Parcela afectada: polígono 57, Ref. catastral 33002A05700410.

(Véase el plano Aller-11 en la URL de la cartografía del trazado).

8. Tramo Piscifactoría de Pelúgano.

Tramo de unos 125 metros al N de la AS-112 entre p. k. 21,200 y p. k. 21,400

Parcelas afectadas: polígono 57, Ref. Catastrales 33002A05700389, 33002A05700390, 33002A05700421, 33002A05709004.

(Véase el plano Aller-12 en la URL de la cartografía del trazado).

9. Puente de Entrepeñas.

Estribo de puente sobre el arroyo San Julián.

Parcela afectada: polígono 56, Ref. catastral 33002A05600097.

(Véase el plano Aller-12 en la URL de la cartografía del trazado).

10. Tramo de La Bárcena.

Segmento al E de la AS-112 entre p. k. 20,200 y p. k. 20,600.

Parcelas afectadas: polígono 53, Ref. Catastrales 33002A05300208, 33002A05300209, 33002A05300210, 33002A05300211, 33002A05300212, 33002A05300230, 33002A05300231, 33002A05300362, 33002A05300342.

(Véase el plano Aller-12 en la URL de la cartografía del trazado).

11. Tramo Depuradora de Pelúgano.

Caja de 350 m al N de la AS-112 entre p. k. 19,600 y p. k. 20,000.

Parcelas afectadas: polígono 53, Ref. Catastrales 33002A05310132, 33002A05300128, 33002A05300134, 33002A05300130, 33002A05300349, 33002A05300131, 33002A05300253, 33002A05300132, 33002A05300106, 33002A05300241, 33002A05300096, 33002A05300100, 33002A05309019, 33002A05309015.

(Véase el plano Aller-12 en la URL de la cartografía del trazado).

12. Tramo Entrerrios.

Tramo de 550 m entre p. k. 18,800 y 19,500 al SO de la AS-112.

Parcelas afectadas: polígono 50, Ref. Catastrales 33002A05009050, 33002A05009010, 33002A05009007.

(Véase el plano Aller-13 en la URL de la cartografía del trazado).

13. Tramo Valdegatín.

Segmento de 250 m entre p. k. 13,250 y p. k. 13,500 al N de la AS-386.

Parcelas afectadas: polígono 42, Ref. Catastrales 33002A04200079, 33002A04211077, 33002A04200077, 33002A04200070, 33002A04200071.

(Véase el plano Aller-16 en la URL de la cartografía del trazado).

14. Tramo E de Corigos.

Tramo de 250 m de camino público al N entre p. k. 12,200 y p. k. 12,250 de la AS-386.

Parcela afectada: polígono 42, Ref. Catastrales 33002A03809005, 33002A04211077, 33002A04200079, 33002A04200077, 33002A04200070, 33002A04200071.

(Véase el plano Aller-17 en la URL de la cartografía del trazado).

15. Tramo Piñeres.

Tramo de 100 m al S del p. k. 10,200-10,300 de la AS-112.

Parcelas afectadas: 33002A02800523, 33002A02800517.

(Véase el plano Aller-18 en la URL de la cartografía del trazado).

16. Tramo Oyanco E.

Tramo de 400 m al N del p. k. 8,000 al p. k. 8,400 de la AS-386.

Parcelas afectadas: polígono 26, Ref. Catastrales 33002A02609003, 33002A02609004, 33002A02600400.

(Véanse los planos Aller-19 y Aller-20 en la URL de la cartografía del trazado).