OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Hacienda, por la que se cancela la inscripción y se excluye del Registro autonómico de distribuidores de seguros y reaseguros privados a corredor de seguros.
Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia RECE/2022/27191, tramitada al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Con fecha de entrada 29 de diciembre de 2022, D.ª María del Mar Fernández Alvarez (NIF ***5251**), con clave registral F-0039-PA, presentó ante la Dirección General de Finanzas y Economía de la Consejería de Hacienda, la solicitud de cancelación de inscripción en el registro autonómico de distribuidores de seguros y reaseguros privados por fin de actividad.
Segundo.—Examinada la documentación presentada para acreditar lo dispuesto en el artículo 190.1.f) del Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores, de seguros privados, de planes y fondos de pensiones, del ámbito tributario y de litigios fiscales (libro segundo), se ha emitido informe favorable por el Servicio de Supervisión Financiera y Seguros.
Fundamentos de derecho
Primero.—La competencia para la resolución de la solicitud presentada viene determinada por el artículo 12.14 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, el Decreto 136/2009 de 4 de noviembre, en el que se regulan las competencias del Principado de Asturias en la materia de mediación de seguros y reaseguros privados, y los artículos 14 y 18 del Decreto 80/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda.
Segundo.—Resulta de aplicación el artículo 190 y concurrentes del Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero.
En atención a lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero.—Cancelar la inscripción y excluir del registro autonómico al corredor de seguros referido en los antecedentes de hecho con fecha de efectos 30 de diciembre de 2022.
Segundo.—Recordar a dicho corredor que, de acuerdo con lo que prevé el Real Decreto-Ley 3/2020, operar sin la preceptiva inscripción en un registro legalmente admisible al efecto con arreglo a la normativa del Estado miembro de origen del Espacio Económico Europeo, o excediéndose de las funciones a que le habilita la inscripción, así como el ejercicio de dicha actividad por persona interpuesta, son hechos tipificados por la mencionada norma como infracción muy grave.
Tercero.—Recordar al corredor que deberá presentar, dentro del plazo establecido legalmente, la información estadístico contable correspondiente al período que ha estado inscrito en el registro autonómico durante el último año hasta la fecha de cancelación.
Cuarto.—Publicar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias la presente Resolución de cancelación en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.6 del Decreto 136/2009.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Consejera de Hacienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 30 de diciembre de 2022.—La Directora General de finanzas y Economía de la Consejería de Hacienda (P. D., Resolución de 6 de septiembre de 2019, BOPA de 11-IX-2019).—Cód. 2023-00187.