OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)
Resolución de 30 de diciembre del 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se conceden y deniegan subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de los programas de Escuelas Taller en los ejercicios 2022-2024.
Antecedentes de hecho
Primero.—Mediante Resolución de 20 de mayo de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, publicada en BOPA de 8 de junio de 2022, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de los programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Segundo.—Con fecha 2 de septiembre de 2022, el Consejo de Gobierno acuerda la autorización de un gasto plurianual con destino a la concesión de subvenciones para la puesta en funcionamientos de los programas de Escuelas Taller, en el ámbito territorial del Principado de Asturias en los ejercicios 2022-2024.
Tercero.—Por Resolución del Servicio Público de Empleo, de 5 de septiembre de 2022 (Extracto publicado en el BOPA de 13 de septiembre de 2022), se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de los programas de Escuelas Taller en el ámbito territorial del Principado de Asturias en los ejercicios 2022-2024.
La cuantía máxima del crédito disponible para financiar la citada convocatoria es de 15.386.715,76 €, de acuerdo con la siguiente distribución:
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Cuarto.—Al amparo de la Resolución de 5 de septiembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria, las entidades que se relacionan en el anexo I presentaron solicitud de subvención, junto con la documentación reseñada en la convocatoria de subvenciones.
Quinto.—Las entidades solicitantes de la subvención han acreditado no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conforme a lo previsto en los artículos 13 y 14 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y cumplir el resto de los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la convocatoria, aprobadas por Resolución de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica de fecha 20 de mayo de 2022.
Sexto.—La Consejería de Hacienda, Dirección General de Finanzas y Economía, emite informes favorables de sostenibilidad financiera a las entidades locales promotoras de proyectos de empleo-formación para la ejecución de los mismos a los efectos previstos en el artículo 7.4 de la Ley 7/1995, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, tras la modificación operada por el apartado tercero del artículo primero de la Ley 37/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Séptimo.—La Comisión de Valoración mencionada en la base sexta de las bases reguladoras, nombrada por Resolución de 16 de noviembre de 2022 del Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, reunida en fecha 18 de noviembre de 2022, ha analizado las solicitudes presentadas (Anexo I) y las ha valorado a la vista de la información contenida en las memorias de los respectivos proyectos y de la documentación presentada por cada entidad para acreditar dicha información, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la base quinta de las Bases Reguladoras y en el apartado séptimo del anexo I de la convocatoria de subvenciones. En consecuencia, ha formulado la correspondiente propuesta de concesión y de denegación de subvenciones (Anexos II y III).
Octavo.—La Comisión de Valoración mencionada en la base sexta de las Bases Reguladoras de la mencionada concesión de subvenciones, reunida en fecha 18 de noviembre de 2022, y una vez analizadas las solicitudes presentadas, levanta acta aprobando un total de 13 proyectos y proponiendo la concesión de subvención, condicionada a la tramitación de la correspondiente modificación presupuestaria, por un importe total de 7.756.114,60 € distribuido en las siguientes anualidades:
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Noveno.—En la aplicación presupuestaria 85.01.322C.761.011 (Entidades sin ánimo de lucro) se ha producido el incremento de crédito materializado mediante el expediente MCRED 8500003025, que ha contabilizado la modificación presupuestaria correspondiente, adecuando los importes de sendas partidas a lo analizado y propuesto por la Comisión de Valoración. Por acuerdo de Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2022, se autoriza transferencia entre créditos para operaciones de capital dentro del capítulo VII “Transferencia de capital” en el programa presupuestario 322C “Programas Europeos y empleo-formación de la Sección 85 del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias”.
Décimo.—Por Resolución de fecha 16 de noviembre de 2022, se fija la distribución definitiva del crédito autorizado entre las aplicaciones presupuestarias 85.01.322C.761.009 y 85.01.322C.781.011. En consecuencia el gasto plurianual para la convocatoria de subvenciones para la puesta en funcionamiento de los programas Escuelas Taller, en el ámbito del Principado de Asturias, durante los ejercicios 2022-2024, todo ello financiado con cargo a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, queda distribuido en las siguientes anualidades:
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Fundamentos de derecho
Primero.—Las competencias en materia de formación profesional para el empleo y gestión de programas de empleo-formación corresponden al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en virtud de la Ley 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, puesta en relación con la Disposición adicional única del Decreto 37/2009, de 27 de mayo, por el que se modifica el Decreto 103/2007, de 25 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Industria y Empleo, con el Decreto 81/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo y con el Decreto 39/2009, de 3 de junio, de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, modificado por Decreto 10/2016, de 16 de marzo.
En la actual estructura orgánica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, corresponde al Servicio de Gestión de Centros Propios y Programas de Empleo-Formación, la gestión y control de los programas públicos de empleo-formación.
Segundo.—La presente convocatoria se rige por las bases establecidas en la Resolución de 20 de mayo de 2022 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (BOPA de 8 de junio de 2022), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de los programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
En consecuencia con lo expuesto, conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la anterior; el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; el Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo; el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual; la Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se regula de forma conjunta la cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos formativos en alternancia; la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral; el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la anterior; el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad; la Resolución de la Consejería de Hacienda de 11 de febrero de 2000 por la que se regula el Régimen de Garantías para el abono anticipado de subvenciones, modificada por Resoluciones de la Consejería de Hacienda de 19 de marzo y 30 de julio de 2001, por Resoluciones de la Consejería de Hacienda y Sector Público de 30 de julio de 2014 y de 21 de marzo de 2016 y por Resolución de la Consejería de Hacienda de 11 de febrero de 2021, así como cualquier otra normativa que sustituya a la anterior y sea de aplicación.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación,
RESUELVO
Primero.—Disponer el gasto y conceder a las entidades promotoras que figuran en el anexo II de esta Resolución, las subvenciones para la puesta en funcionamiento de los proyectos de Escuelas Taller que se indican, por los importes, número de alumnos, especialidades, duración y objeto de actuación, que se especifican, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322C.761.009 y 85.01.322C.781.011, respectivamente, de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el 2022.
A) La cuantía máxima del crédito autorizado para financiar la citada convocatoria así como el crédito dispuesto en las distintas aplicaciones presupuestarias es el que se detalla a continuación:
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Conforme a lo previsto en la base reguladora 3.3 de la Resolución de 20 de mayo de 2022 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, así como en la Resolución de 5 de septiembre de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria, la distribución de los créditos tiene carácter estimativo, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, por lo que la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes de la resolución de concesión. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58.5 del mencionado reglamento, la distribución definitiva de los créditos disponibles será objeto de publicación con carácter previo a la resolución de concesión, en los mismos medios que la convocatoria, y sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
B) Los proyectos de empleo y formación (Escuelas Taller) a los que se refiere la presente Resolución tendrán una duración de 18 meses.
C) Los proyectos objeto de subvención se iniciarán el 1 de abril de 2023.
D) El abono de la subvención se llevará a cabo por fases o períodos semestrales, conforme a lo previsto en la base reguladora undécima de la Resolución de 20 de mayo de 2022 y el apartado duodécimo del anexo I de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria, por las cuantías resultantes de la aplicación de la base reguladora tercera de la Resolución de 20 de mayo de 2022 y del punto octavo del anexo I de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria.
Segundo.—Denegar las subvenciones solicitadas a las entidades promotoras que se relacionan en el anexo III, por las causas señaladas.
Tercero.—Las entidades beneficiarias de las subvenciones están obligadas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases que rigen la convocatoria, aprobadas por Resolución de 20 de mayo de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (BOPA de 8 de junio de 2022).
Cuarto.—La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica en el plazo de 1 mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimientos Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 30 de diciembre de 2022.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2023-00113.
Anexo I
Línea de actuación | N.º exp. | Tipo/denominación del proyecto | Entidad promotora |
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ENTIDADES LOCALES | | | |
AYUD/2022/34381 | ESCUELA TALLER GIJON ACOMPAÑA | AYUNTAMIENTO DE GIJÓN |
AYUD/2022/34382 | ESCUELA TALLER LA CASINA | AYUNTAMIENTO DE GIJÓN |
AYUD/2022/34411 | CONSTRUCCIÓN DE PUNTO DE INSEMINACIÓN ANIMAL. REHABILITACIÓN DE LAVADEROS MUNICIPALES Y SU ENTORNO | AYUNTAMIENTO DE CABRANES |
AYUD/2022/34437 | ESCUELA TALLER BAJO NALÓN XI | MANCOMUNIDAD CINCO VILLAS |
AYUD/2022/34498 | ESCUELA TALLER CONSERVANDO LA CULTURA | AYUNTAMIENTO DE CARREÑO |
AYUD/2022/34501 | ESCUELA TALLER RECUPERACIÓN DE ESPACIOS URBANOS “ROMPER EL CÍRCULO” | AYUNTAMIENTO DE S. MARTÍN DEL REY AURELIO |
AYUD/2022/34546 | ESCUELA TALLER ESPACIOS PARA LA CIUDADANÍA II | AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA |
AYUD/2022/34556 | ESCUELA TALLER DINAMIZA | AYUNTAMIENTO DE OVIEDO |
AYUD/2022/34559 | ESCUELA TALLER ATREZO | AYUNTAMIENTO DE OVIEDO |
AYUD/2022/34561 | ESCUELA TALLER SANTA MARINA DE PIEDRAMUELLE | AYUNTAMIENTO DE OVIEDO |
FUNDACIONES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO | AYUD/2022/34174 | ESCUELA TALLER LOCAL SOCIAL EL PEDROSO | ASOC. CULTURAL NORTE JOVEN MIERES |
AYUD/2022/34413 | ESCUELA TALLER COMARCAS FLUVIALES | FUNDACIÓN COMARCAS MINERAS (FUCOMI) |
AYUD/2022/34417 | ESCUELA TALLER COMPETENCIAS PARA EL FUTURO PROFESIONAL | FUNDACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SIDERURGIA INTEGRAL (FTSI) |
AYUD/2022/34577 | ESCUELA TALLER DESDE LA CALLE VI | FUNDACIÓN VINJOY |
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