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Boletín Nº 248 del jueves 29 de diciembre de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar por la que modifica la Resolución de 12 de septiembre de 2019 de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se delegan competencias en titulares de diversos órganos de la Consejería.

El Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la administración de la Comunidad Autónoma, dispone que la administración del Principado de Asturias se organiza en diversas Consejerías, entre las que se encuentra la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar. Por Decreto 84/2019 de 30 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar. Con fecha 2 de julio de 2020 se aprueba el Decreto 38/2020 de primera modificación del Decreto 84/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración, las competencias de los titulares de las Consejerías podrán ser delegadas por éstos en los de las Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales y, en su caso, de las Jefaturas de Servicio, cuando razones de índole técnica, económica, jurídica o territorial lo hagan conveniente. La delegación de competencias se efectuará por resolución del órgano delegante. En uso de dicha facultad, y en orden a favorecer y facilitar una más eficaz y ágil gestión ordinaria de la Consejería, la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar dictó resolución de 12 de septiembre de 2019 por la que se delegan competencias en titulares de diversos órganos de la Consejería (BOPA de 16 de septiembre de 2019). Por la presente, procede modificar dicha resolución para adaptarla a la estructura orgánica existente en el momento actual.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

Primero.—Modificar la Resolución de 12 de septiembre de 2019, de la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se delegan competencias en titulares de diversos órganos de la Consejería en el sentido siguiente:

— Dar una nueva redacción al resuelvo séptimo, relativo a las delegaciones en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad así como los de abstención o recusación de la persona titular de la Dirección General de Servicios Sociales y mayores, con el siguiente contenido:

“— Las competencias enumeradas en los apartados b) y n) serán ejercidas por la persona titular de la Secretaría General Técnica.

— Las competencias enumeradas en los apartados c), e) y m) serán ejercidas por la persona titular del Servicio de mayores, Diversidad Funcional y Autonomía Personal.

— Las competencias enumeradas en los apartados f), g), h), i), j), k), l), ll), m) y p) serán ejercidas por la persona titular del Instituto Asturiano para la Atención Integral a la Infancia y a las Familias, así como las competencias enumeradas en los apartados a) y n) relativas a los programas presupuestarios del Instituto Asturiano para la Atención Integral a la Infancia y a las Familias.

— La competencia enumerada en el apartado d) será ejercida por las personas que ostenten la Dirección de los Centros de Valoración para Personas con Discapacidad.

— La competencia enumerada en el apartado o) será ejercida por la persona titular del Servicio de Coordinación de Equipos y Recursos en el Territorio.

— Las competencias enumeradas en el apartado a), ñ) y q) serán ejercidas por las personas titulares del Servicio correspondiente según la materia.”

Segundo.—El ejercicio de las competencias delegadas se regirá por lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración. Lo establecido en la presente Resolución se entiende sin perjuicio de las facultades de avocación, dirección y control que puedan corresponder a los órganos superiores.

Tercero.—Dejar sin efecto las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.

Cuarto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 23 de diciembre de 2022.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.—Cód. 2022-10704.