ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
Información pública relativa a la autorización administrativa previa de instalación eléctrica de alta tensión. Expte. AUTO/2022/14208 (AT-12410).
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se concede un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para la presentación de alegaciones en esta Consejería relativas a la autorización administrativa previa de las instalaciones comprendidas en la siguiente solicitud:
Expediente: AUTO/2022/14208 (AT-12410).
Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S. A.
Instalación:
— Variante de cinco tramos de Línea Aérea de Alta Tensión (LAAT), sobre apoyos metálicos de celosía y cadenas de aisladores de vidrio, con las siguientes denominaciones, tensión, conductores y longitudes:
• LAAT Instituto-Puelo 20 kV, simple circuito, entre Apoyo 0 (AP016976) y Apoyo 3 (NUEVO AP302050), con conductor 67-AL1/11-ST1A (antiguo LA-78) y en una longitud de 324 metros.
• LAAT Narsien/Instituto-Puelo, doble circuito a las tensiones de 50 kV y 20 kV respectivamente, entre Apoyo 3 (nuevo AP302050) y Apoyo 6 (Nuevo AP302047), con conductor 94-AL1/22-ST1A (antiguo LA-110) para la línea NARSIEN de 50 kV y 67-AL1/11-ST1A (antiguo LA-78) para la línea Instituto-Puelo de 20 kV y cable de fibra óptica autosoportado tipo ADSS-48, en una longitud de 716 metros.
• LAAT Instituto-Puelo 20 kV, simple circuito, entre Apoyo 6 (Nuevo AP302047) y Apoyo 7 (AP016984), con conductor 67-AL1/11-ST1A (antiguo LA-78) y en una longitud de 162 metros.
• LAAT Instituto-Puelo, Derivación a CTI “Panadería Santa Marina” 20 kV, simple circuito, entre Apoyo 1 y Apoyo 1.1 (AP017049), con conductor 67-AL1/11-ST1A (antiguo LA-78) y en una longitud de 271 metros.
• LAAT Instituto-Puelo, derivación A CTI “La Regla Corias” 20 kV, simple circuito, entre Apoyo 6 (Nuevo AP302047) y Apoyo 6.1 (AP017013), con conductor 67-AL1/11-ST1A (antiguo LA-78) y en una longitud de 324 metros.
Emplazamiento: Inmediaciones de Corias, concejo de Cangas del Narcea.
Objeto: Mejorar la calidad de suministro eléctrico de la zona y alejar la línea Instituto-Puelo, de 20 kV, de la población de Corias.
Presupuesto: 78.221,71 €
Corresponde a la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica emitir la resolución relativa a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción y a la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación la tramitación del expediente administrativo sobre la petición de las referidas resoluciones.
A estos efectos, para garantizar que la documentación sometida a información pública tenga la máxima difusión, durante dicho período de información pública, cualquier usuario podrá acceder a la documentación técnica presentada por el solicitante en formato digital, en el Tablón de la Sede Electrónica, al que se accede desde el apartado Temas > Industria y energía > Industria y energía en Asturias > Instalaciones de Alta Tensión del portal www.asturias.es
Asimismo, se podrá tomar vista de dicha documentación en horario de oficina en la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación (Plaza de España 1, 3.ª planta, 33007, Oviedo), pudiendo solicitar cita previa a través del correo electrónico altatension@asturias.org
Durante el plazo señalado se podrán presentar en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que se estimen oportunas dirigidas a la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación, Servicio de Autorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1 – 3.ª planta, 33007-Oviedo). En caso de que dichas alegaciones se presenten por medio de representante, deberá acreditarse dicha representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de dicha Ley 39/2015.
Oviedo, 22 de diciembre de 2022.—El Jefe de Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética (P. A. del Jefe del Servicio de Autorizaciones Energéticas).—Cód. 2022-10647.