OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se acuerda someter a trámite de información pública la propuesta de Resolución de primera modificación de la resolución de 13 de abril de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas públicas dirigidas a la adaptación de la flota pesquera del Principado de Asturias (BOPA n.º 96, de 26 de abril de 2018).
Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Iniciado mediante Resolución de 26 de octubre de 2022, del Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, el procedimiento para la elaboración de la Resolución por la que se aprueba la primera modificación de la Resolución de 13 de abril de 2018, de la Consejería de Desarrollo rural y Recursos Naturales, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas publicas dirigidas a la adaptación de la flota pesquera del Principado de Asturias.
Fundamentos de derecho
De conformidad con lo previsto en el artículo 33.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración y demás disposiciones de general aplicación,
Propongo
Primero.—Someter a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles, la resolución primera modificación de la Resolución de 13 de abril de 2018, de la Consejería de Desarrollo rural y Recursos Naturales, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas publicas dirigidas a la adaptación de la flota pesquera del Principado de Asturias (BOPA núm. 96 de 26-IV-2018), a cuyos efectos dicha disposición será expuesta durante el citado período en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (EASMU, planta 3.ª, C/Antonio Suárez Gutiérrez n.º 2, de Oviedo), así como en el Servicio de Atención Ciudadana (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, planta plaza de Oviedo).
Dicha documentación se encuentra asimismo disponible en el portal www.asturiasparticipa.es de la Administración del Principado de Asturias.
Segundo.—Las alegaciones que en su caso se formulen deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, y presentarse en la Oficina Central de asistencia en materia de registros de la Administración del Principado de Asturias (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, C/Antonio Suárez Gutiérrez n.º 2), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando a tal efecto el modelo normalizado para la presentación de alegaciones disponible en la Ficha de Servicio B_SOL_2 – Aporte de documentación a la Administración, publicada en https://sede.asturias.es/.Oviedo.
Oviedo, a 16 de diciembre de 2022.—El Consejero Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro J. Calvo Rodríguez.—Cód. 2022-10362.