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Boletín Nº 246 del martes 27 de diciembre de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE LAS REGUERAS

Anuncio. Bases específicas y convocatoria por la que se regirá el proceso selectivo, para proveer mediante concurso de méritos, de tres plazas de Auxiliar de Ayuda a Domicilio como personal laboral fijo (proceso extraordinario de estabilización conforme a la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

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Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 12 de diciembre de 2022 se han aprobado, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, la convocatoria y bases para cubrir tres plazas de Auxiliar de Ayuda a Domicilio como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso, al amparo de lo dispuesto en las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Base primera.—Objeto de la convocatoria.

1. Es objeto de las presentes bases la regulación de los aspectos específicos para la convocatoria y proceso de selección de TRES plazas vacantes en la plantilla de Auxiliar Ayuda a Domicilio como personal laboral fijo de este Ayuntamiento, mediante procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo extraordinaria de estabilización correspondiente al ejercicio del año 2022, aprobada por Resolución de Alcaldía n.º 108/2022, de 20 de mayo, y publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 100, de 26 de mayo de 2022.

2. El proceso selectivo se rige por lo establecido en las presentes bases específicas y en las bases comunes aprobadas por el Ayuntamiento de Las Regueras para cubrir las plazas de funcionarios/as de carrera y personal laboral fijo, en turno de libre acceso, relativas el proceso de estabilización del empleo temporal, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización (BOPA n.º 100, de 26 de mayo de 2022), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y publicadas en el BOPA n.º 241, de 19 de diciembre de 2022.

BASE Segunda.—Características de la plaza convocada.

— Denominación: Auxiliar de Ayuda a domicilio.

— Grupo asimilable: C2

— Categoría: Auxiliar de Ayuda a domicilio

— Vacantes: Tres.

— Jornada: Completa.

— Sistema de selección: Concurso de méritos previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

— Funciones y responsabilidades: Atención directa a los usuarios del SAD municipal, en el domicilio de éstos, y teniendo como función básica la realización material de los servicios de carácter personal y doméstico, bajo la dirección de los responsables municipales del Servicio y específicamente:

a. Asegurar la higiene personal del asistido; aseo personal de encamados, baño, higiene de pies, manos y cabello.

b. Atención de la higiene del vestir, ayudando al usuario en el orden, la reposición y la higiene de la ropa.

c. Cuidado de la higiene de la cama: aseo y arreglo de la cama según las necesidades del usuario.

d. Mantenimiento de las prótesis en perfecto estado de higiene y conservación.

e. Preparar el material sanitario y controlar las necesidades del mismo en el domicilio.

f. Controlar los hábitos alimenticios del asistido: planificar menús según los requisitos de salud y nutrición indicados por los especialistas, elaborar comidas según los menús programados, ayudar a la ingestión de alimentos, etc.

g. Control y administración de medicación bajo prescripción facultativa.

h. Movilización en el domicilio y fuera de él.

i. Informar de los problemas de salud cuando se detecten. Cambios posturales.

j. Contribuir a la movilidad y mantenimiento físico-psíquico del usuario.

k. Mantener limpias y ordenadas las estancias directamente relacionadas con el usuario, para lograr un ambiente agradable. Atender al suministro y reposición de productos con coherencia y sentido económico.

l. Lavado de la ropa en máquina.

m. Recoger y apilar de la ropa sucia hasta su recogida por el servicio de lavandería.

n. Comunicar posibles situaciones de riesgo en el domicilio para evitar problemas y accidentes.

o. Contribuir al seguimiento de los casos en coordinación con los miembros del equipo multidisciplinar, formado por médicos, trabajadores sociales, ATS, etc.

p. Colaborar en la identificación de las necesidades de los usuarios para cumplir la planificación establecida.

q. Contribuir a la integración social del usuario.

r. Canalizar la información referente a recursos sociales de apoyo a la situación del usuario, para facilitar el conocimiento e integración en actividades y programas.

s. Colaborar cuando se requiera, en los aspectos administrativos para ayudar en su resolución.

t. Dar aviso al coordinador correspondiente de cualquier circunstancia o alteración que se produzca en relación con el servicio.

Tercera.—Requisitos específicos de los aspirantes.

Los señalados en las Bases comunes y:

1. Titulación:

— Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, establecido por R. D. 546/1995 de 7 de abril.

— Título de Técnico Auxiliar de Enfermería, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.

— Título de Técnico Auxiliar de Clínica, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.

— Título de Técnico Auxiliar de Psiquiatría, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.

— Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, regulado por R. D. 1593/2011, de 4 de noviembre.

— Título de Técnico en Atención Sociosanitaria, establecido por R. D. 496/2003, de 2 de mayo.

— Título de Técnico Superior en Integración Social, establecido por R. D. 1074/2012 de 13 de julio o el título equivalente de Técnico Superior en Integración social establecido por R. D. 2061/1995, de 22 de diciembre.

— Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto.

— Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto.

— Certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio, regulado por R. D. 331/1997, de 7 de marzo.

2. Estar en posesión del permiso que habilite para la conducción de vehículos de la clase B (turismo).

Las personas aspirantes deberán poseer todos estos requisitos el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto, y deberán mantenerse hasta el momento de su nombramiento.

Cuarta.—Documentación y plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado. A la instancia solicitando participar en el proceso selectivo, según el modelo establecido como anexo a estas bases específicas, vendrá acompañada, además de la documentación establecida en la Base quinta de las Bases comunes, de la siguiente:

— Copia del carné de conducir exigido.

Quinta.—Admisión-exclusión de aspirantes.

Se rige por la Base Sexta de las Bases comunes.

Sexta.—Tribunal calificador.

Se rige por la Base Séptima de las Bases comunes.

La clasificación del Tribunal es de 2.ª categoría.

Séptima.—Sistema de selección, valoración de méritos, calificación y orden de clasificación definitiva

1. El sistema de selección será el de concurso, en aplicación de la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

2. La puntuación máxima a obtener en el concurso será de 10 puntos.

3. Consistirá en la valoración de los siguientes méritos.

A. Méritos profesionales: Máximo 6 puntos.

— Servicios prestados como personal funcionario en el cuerpo o escala o como personal laboral en la categoría profesional de la plaza que se convoca en el Ayuntamiento de Las Regueras (atendiendo al conocimiento propio de la organización, su funcionamiento interno y/o a los programas propios de gestión municipales). 0,05 puntos/mes. Máximo 6 puntos.

— Servicios prestados como personal funcionario en el cuerpo o escala o como personal laboral en la categoría profesional de la plaza que se convoca en el resto de la Administración Local. 0,045 puntos/mes. Máximo 3 puntos.

— Servicios prestados como personal funcionario en el cuerpo o escala o como personal laboral en la categoría profesional de la plaza que se convoca en el resto de las Administraciones Públicas. 0,025 puntos/mes. Máximo 3 puntos.

B. Méritos Académicos: Máximo 4 puntos.

— Por haber participado en cursos impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, FEMP, FACC o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta u otros contenidos de naturaleza transversal y complementarios que contribuyan al desarrollo profesional de los/as empleados/as públicos/as tales como prevención de riesgos, igualdad de género, protección de datos, atención al ciudadano, medio ambiente o informática. 0,04 puntos/hora.

Los métodos de valoración de los méritos profesionales y académicos se regirán por lo dispuesto en la Base Octava de la Bases comunes.

La forma de acreditar los méritos profesionales y académicos se regirá por lo dispuesto en la Base Quinta de la Bases comunes, así como el plazo de aportación de la documentación acreditativa de los mismos.

Octava.—Superación del proceso selectivo y propuesta del tribunal.

Se estará a lo dispuesto en la Base Novena de las Bases comunes.

Novena.—Presentación de documentos, nombramiento y toma de posesión.

Se rige por la Base Décima de la Bases comunes.

Disposición final

En lo no regulado por estas bases específicas se estará a lo establecido en las Bases comunes que rigen los procesos selectivos convocador por el Ayuntamiento de Las Regueras para cubrir las plazas de funcionarios/as de carrera y personal laboral fijo dependientes del Ayuntamiento de Las Regueras, en turno de libre acceso, relativas el proceso de estabilización del empleo temporal, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización del Ayuntamiento de Las Regueras (BOPA n.º 100, de 26 de mayo de 2022), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en base al artículo 2 y las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava.

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Las Regueras, 14 de diciembre de 2022.—La Alcaldesa.—Cód. 2022-09963.