AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJO CONSULTIVO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Consejo Consultivo, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 1 plaza de la categoría de Titulado/a Superior (Documentalista) del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso de méritos (disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª).
Por Acuerdo de 19 de mayo de 2022, del Pleno del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOPA de 31/05/2022).
Por Acuerdo del Pleno del Consejo Consultivo de 1 de diciembre de 2022 se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal laboral derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava (concurso) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, contemplados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 20/12/2022).
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley del Principado de Asturias 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo, que dispone que este órgano “tendrá facultades para organizar todos los asuntos relacionados con su régimen interno y su personal, de conformidad con lo previsto en la presente Ley y en su Reglamento de organización y funcionamiento”, y el artículo 53.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 75/2005, de 14 de julio, que establece que la “gestión y administración en materia de personal se efectuará, por los órganos competentes del Consejo (…), con arreglo a la normativa general reguladora de la función pública en la Administración del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 1 plaza de la categoría de Titulado/a Superior (Documentalista) del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, correspondiente a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, por el procedimiento de concurso de méritos (disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª).
Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El modo de presentación de solicitudes se encuentra regulado en la base quinta del Acuerdo del Pleno del Consejo Consultivo de 1 de diciembre de 2022, por el que se aprueban las bases generales que ha de regir el proceso selectivo.
BASES ESPECÍFICAS
Primera.—Distribución de plazas.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 1 plaza de la categoría de Titulado/a Superior (Documentalista), Grupo A, en turno libre, en régimen de personal laboral fijo del Consejo Consultivo del Principado de Asturias.
Segunda.—Requisitos de participación.
Además de los requisitos establecidos en la base cuarta del Acuerdo del Pleno del Consejo Consultivo del Principado de Asturias de 1 de diciembre de 2022, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Licenciado en Documentación o Grado en Información y Documentación.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
Tercera.—Fase de concurso. Méritos específicos.
De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Pleno del Consejo Consultivo del Principado de Asturias de 1 de diciembre de 2022, los méritos a valorar serán los contenidos en los subapartados A), Méritos Profesionales, y B), Otros Méritos, de la base duodécima.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación ante el Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo simultanearse ambos recursos; y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime oportuno.
En Gijón, a 13 de diciembre de 2022.—La Presidenta del Consejo Consultivo del Principado de Asturias.—Cód. 2022-09763.