OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, de primera modificación de la Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración de las solicitudes en la convocatoria de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.
Examinado el expediente de la convocatoria de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, del que resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 12 de agosto de 2022, rectificada por Resolución de 30 de agosto de 2022 de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, se convocan subvenciones dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, cuyos extractos se publicaron en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (en adelante, BOPA) n.º 162, de 23-08-2022, y n.º 170, de 02-09-2022.
Segundo.—Para la resolución de expedientes de la citada convocatoria, se hace preciso que, conforme a lo dispuesto en la Base XI de las reguladoras que rigen la mencionada convocatoria, aprobadas por Resolución de 29 de junio de 2022 (BOPA n.º 129 de 6 de julio de 2022), se designe una comisión de valoración de las solicitudes.
Tercero.—De conformidad a la citada Base XI, la Presidencia recaerá en la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, pudiendo delegarse en el Director General competente por razón de la materia.
Cuarto.—Mediante Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo, se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración de las solicitudes en la convocatoria de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.
Fundamentos de derecho
Primero.—El artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración; el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; el artículo 10 del Decreto de 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma; y el artículo 9 del Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo, modificado por los Decretos 208/2019, de 27 de diciembre, y 59/2021, de 17 de septiembre, en cuanto a las competencias y facultades para dictar la presente resolución.
Segundo.—El artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 7, párrafo 1.º, apartado e) del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, en lo que se refiere al órgano que ha de proponer la concesión y/o denegación de las subvenciones.
Tercero.—De conformidad con la Base XI de las reguladoras de este tipo de ayudas, la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo designará una Comisión de Evaluación que estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisión estará presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, pudiendo delegarse en el Director General competente por razón de la materia, e integrada por un mínimo de 2 y un máximo de 4 vocales (adscritos a la Consejería competente en materia de cultura), pudiendo convocar en calidad de asesores a otras personas en función de las características de la materia a analizar, actuando como Secretario/a una persona adscrita a la Consejería competente en materia de cultura, con voz pero sin voto.
Dado lo anterior, con el objeto de permitir el funcionamiento de la citada Comisión de Valoración de y garantizar el normal desenvolvimiento de las ayudas convocadas y vista la propuesta formulada se hace necesario modificar parcialmente la composición de la Comisión de Valoración.
En consecuencia, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, y la propuesta de la Dirección General de Cultura y Patrimonio,
RESUELVO
Primero.—Modificar la Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo, por la que se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración de las solicitudes en la convocatoria de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, en sentido que se indica:
Vocales:
Dña. Cecilia Miyares González, adscrita a la Dirección General de Cultura y Patrimonio, Dña. Mariana Suárez Eijo, Jefa del Servicio de Instituciones Culturales y D. Jaime Hidalgo López, Jefe del Servicio de Patrimonio Cultural.
Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 30 de noviembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód. 2022-09298.