AYUNTAMIENTOS
DE VILLAVICIOSA
Anuncio. Bases generales para dotar por el procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal, sistema concurso-oposición, plazas en el Ayto. de Villaviciosa.
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BASES GENERALES PARA DOTAR POR EL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, SISTEMA CONCURSO-OPOSICIÓN DE PLAZAS EN EL AYTO DE VILLAVICIOSA
1.—Objeto de la convocatoria:
Se convoca a todas las personas interesadas en optar a la presente convocatoria para dotar como personal laboral de la plantilla, 2 plazas, conforme se establece en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regulador del Estatuto Básico del Empleado Público, incluida en la Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento de Villaviciosa para el año 2022 apartado Laborales.
El sistema de selección de las personas aspirantes presentadas será el de concurso-oposición por el sistema extraordinario de estabilización del empleo temporal al amparo de lo establecido en el artículo 61.6 y siete del TREBEP, para aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, de acuerdo con la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público.
Situación actual de las plazas y criterios del cese de las personas ocupantes temporales de las plazas convocadas: Las plazas que se convocan de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Villaviciosa, ocupadas actualmente por relación laboral indefinida no fija, por dos trabajadores, si en el momento de su dotación fija, y en el supuesto que su ocupante no obtuviesen las plazas de plantilla que se convocan, serán cesadas/os automáticamente y pasará a formar parte de una bolsa de empleo temporal que cubrirá las necesidades del Ayuntamiento para estas plazas según especialidad, en caso de ausencias por vacaciones, situaciones de I. T. etc.
Las bolsas que se creen como consecuencia de este concurso de méritos tendrán preferencia sobre cualquier otra existente.
2.—Requisitos de las personas aspirantes:
Las personas aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos establecidos en las presentes bases específicas de Selección de Personal del Ayuntamiento de Villaviciosa.
2.1. Estar en posesión del título correspondiente para cada puesto.
2.2. Las personas aspirantes que hayan obtenido la titulación en el extranjero, deberán de estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite en su caso la homologación.
3.—Sistema selectivo y orden de la actuación de las personas aspirantes:
El sistema selectivo será el concurso-oposición, con una puntuación máxima de 30 puntos.
1) Fase de oposición: 7 puntos.
La fase de oposición constará de un examen tipo test coincidente con las labores a desarrollar. No será eliminatoria.
2) Fase del concurso: 23 puntos.
Será posterior a la fase de oposición.
Serán méritos valorables en esta fase, la experiencia profesional y méritos de la persona aspirante al servicio de la Administración Pública, en el puesto de trabajo al que pueda ser destinado en el Ayuntamiento de Villaviciosa.
4.—Méritos de la fase de concurso y baremación:
Las personas aspirantes deberán de acreditar en el momento de presentar la solicitud, con la aportación de la copia de la documentación correspondiente, los siguientes méritos:
4.1. Experiencia profesional:
Se valorará la antigüedad, conforme a los criterios que se exponen a continuación:
a) La antigüedad en el Ayuntamiento de Villaviciosa y/o su Patronato Municipal de SS, como funcionario/a interino/a o como personal laboral temporal o indefinido fijo, en el desempeño del puesto de trabajo, objeto de esta convocatoria, se valorará a razón de 1,00 punto por año trabajado hasta un máximo de 7.
b) La antigüedad en el Ayuntamiento de Villaviciosa y/o su Patronato Municipal de SS, como funcionario/a interino/a o como personal laboral temporal o indefinido fijo, en puesto diferente al sujeto a estabilización, se valorará a razón de 0,20 puntos por año trabajado hasta un máximo de 7.
c) La antigüedad de la persona aspirante en el desempeño de un puesto de trabajo igual al objeto de esta convocatoria al servicio de la Administración Estatal, Autonómica u otra Local se valorará a razón de 0,20 puntos por año trabajado hasta un máximo de 5.
Las fracciones de meses, serán calculadas dividiendo la puntuación total que se otorga en cada apartado al año entre 12 meses y las de días dividiendo dicha puntuación anual entre 365 días y multiplicado por el número de meses o días acreditados con un redondeo de tres decimales.
Los méritos referidos a la experiencia profesional en el ayuntamiento de Villaviciosa, deberán de alegarse en la solicitud, indicando la fecha de inicio en cada administración, siendo comprobados estos extremos por la Sección de personal del propio Ayuntamiento.
La antigüedad en otras Administraciones Públicas, se acreditarán mediante certificado del órgano correspondiente. En el certificado deberán de constar la fecha de inicio en esa administración, expresando a tal efecto las funciones desarrolladas y adjuntando fotocopia del contrato o nombramiento. Al certificado deberá de acompañarse justificante original de cotización del solicitante a la Seguridad Social, en la que consten expresamente los períodos y grupo de cotizaciones correspondientes a esa categoría.
4.2. Méritos (máximo 4 puntos): Se valorarán con 4 puntos haber aprobado una oposición de acceso para un mismo cuerpo o escala y categoría en el Ayuntamiento de Villaviciosa.
Los méritos se acreditaran mediante una declaración responsable con la fecha de las pruebas de acceso en las que se refiera la prueba y la categoría de las plazas para comprobarse desde la sección de personal.
La nota final se determinara con la suma de los puntos obtenidos en la fase concurso (máximo 23 puntos) y en la fase oposición (máximo 7 puntos). Total 30 puntos.
En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, se solicitará a las personas interesada la aclaración correspondiente y en caso de no justificarse, los mismos no se tendrán en cuenta ni serán valorados, ni puntuados.
Los aspirantes tendrán un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer las alegaciones que estimen fundadas.
En el caso de empate en la calificación definitiva, se resolverá teniendo en cuenta el siguiente orden:
2.a) Mayor experiencia laboral en el puesto objeto directo de la convocatoria.
2.b) Mayor experiencia laboral en puesto de trabajo igual al que es objeto de la convocatoria.
2.c) Por orden alfabético cuyo apellido comience por la letra resultante del sorteo realizado por la Secretaría General para la Administración pública a este fin, para los procesos selectivos convocados.
5.—Presentación de documentos:
La persona aspirante seleccionada deberá de aportar:
1. Copia autenticada o fotocopia acompañada de original para su compulsa de la titulación exigida para poder participar en la presente convocatoria o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido, habrá de acompañarse un certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia.
2. Cuando la titulación aportada se hubiere obtenido en el extranjero, se deberá aportar la documentación de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite en su caso la homologación.
3. Toda la documentación oficial y fehaciente de los méritos alegados en la fase de concurso al efecto de compulsar las copias aportadas y dejar constancia en el expediente de la veracidad de todos los méritos aportado
4. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
5. Declaración jurada o promesa de no encontrarse incurso en causa de incompatibilidad conforme a lo establecido en la normativa vigente.
6. Las personas aspirantes con nacionalidad española aportaran DNI original y copia para su compulsa. Los aspirantes extranjeros acreditaran su nacionalidad mediante documento expedido por las autoridades españolas o documento de identidad de origen equivalente al DNI, acompañado de una certificación expedida por la autoridad competente que acredite la ciudadanía de dicho país desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, ambos debidamente certificados. Asimismo deberá de acreditar que no se halla inhabilitado o en situación equivalente, ni ha sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos de acceso al empleo público, mediante la presentación de los documentos correspondientes certificados por las autoridades competentes de su país de origen, así como los demás requisitos exigidos en la convocatoria.
7. Justificante de pago de tasas según punto 7.
6.—Funciones del puesto de trabajo al que está previsto destinar inicialmente a la persona aspirante:
Las específicas en el Manual de Funciones para el puesto de trabajo según lo establecido en la RPT del Ayuntamiento de Villaviciosa.
7.—Derechos de examen:
Según la ordenanza fiscal n.º 3.13, se establece una tasa según el grupo que deberán de ser abonados por las personas aspirantes para poder formar parte de la lista definitiva de personas admitidas.
f) Por participación en procesos selectivos del Ayuntamiento de Villaviciosa:
Grupo | Tarifa |
---|
A | 30,36 |
B | 25,80 |
C | 21,25 |
D | 16,69 |
E | 12,14 |
Asimismo, en el justificante de pago de tasas deberá de constar el DNI y los apellidos y nombre de la persona aspirante, así como la denominación a la plaza a la que opta.
En Villaviciosa, a 25 de noviembre de 2022.—La Concejala Delegada de Personal.—Cód. 2022-09034.