AYUNTAMIENTOS
DE LANGREO
Anuncio. Extracto de la Resolución de Alcaldía de 11 de julio de 2022, por la que se convocan subvenciones en materia de Festejos para el año 2022, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
BDNS (Identif.): 648861
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero.—Beneficiarios.
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las asociaciones o entidades de festejos sin ánimo de lucro que fomenten la participación entre los/as ciudadanos/as y desarrollen sus actividades en el concejo de Langreo/Llangréu.
Para ser beneficiarias de las ayudas, las asociaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
— Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Langreo/Llangréu.
— Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
— Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamientu de Llangréu/Langreo.
— No ser deudores de la hacienda municipal por razón de tributos o reintegros de subvenciones de convocatorias anteriores.
— Acompañar a la solicitud la documentación que se requiere en la presente convocatoria.
Segundo.—Objeto.
La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto conceder ayudas económicas a las asociaciones y entidades del concejo de Langreo/Llangréu, constituidas como tales, para el desarrollo de actividades y programas de interés lúdico y festivo durante el año 2022.
Se considerarán programas o actividades de interés general, a los efectos de la presente convocatoria, las que a continuación se detallan:
— Programas y actividades festivas que fomenten la promoción de valores de tolerancia, democracia, igualdad entre los pueblos y estimulen el conocimiento de la cultura propia y de otras.
— Programas que potencien actividades lúdicas relacionadas tanto con la historia y tradiciones de Llangréu/Langreo como de Asturias, así como aquellos que promueven el conocimiento y difusión de los rasgos específicos culturales de la región.
El importe de la subvención no podrá superar el 80% del presupuesto de la actividad.
En los casos de concurrencia de subvenciones municipales con las de otras administraciones públicas, la suma de las mismas no podrá superar el 80% del coste de la actividad o proyecto subvencionado.
Tercero.—Bases reguladoras.
Bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza Reguladora del Régimen General de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Langreo publicada en el BOPA n.º 254 de 2 de noviembre de 2016.
Cuarto.—Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención es la Retención de Crédito 220220015293, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 30000 € con cargo a la partida 33400 48906.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Sexto.—Otros datos.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
1) Solicitud de participación, según modelo que figura en el anexo I de estas bases.
2) Certificado de no ser deudores con la Hacienda Municipal por razón de tributos o reintegros de subvenciones de convocatorias de años anteriores.
3) Declaración de otras subvenciones o ayudas solicitadas para la financiación de la actividad.
4) Fichero de acreedores, según modelo que figura en el anexo II de estas Bases.
5) Proyecto específico para el que se solicita la ayuda a desarrollar en el año 2021 y su coste.
6) Fotocopia del NIF del representante y, en su caso, CIF de la entidad.
Esto no excluye la posibilidad de que el Ayuntamiento de Langreo/Llangréu pueda requerir la aportación de otra documentación acreditativa para una mejor valoración de las peticiones.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.
Langreo, 11 de julio de 2022.—La Alcaldesa-Presidenta.—Cód. 2022-07114.