OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Extracto de la Resolución de 26 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas con destino a subvencionar actividades de las asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnado del Principado de Asturias para el ejercicio 2022.
BDNS (Identif.): 641154.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/641154).
Primero.—Beneficiarios.
Podrán participar en esta convocatoria las asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres del alumnado, de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias que impartan enseñanzas regladas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Especial.
Segundo.—Objeto.
La concesión de subvenciones a las asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias, en el ámbito de la enseñanza reglada para niveles educativos no universitarios, con el fin de promover la realización de actividades de interés para la comunidad educativa y consolidar la implicación y participación de las familias en el proceso educativo.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 25 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnado del Principado de Asturias (BOPA de 30/05/2016).
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía máxima a otorgar será de 32.583 euros para el total de asociaciones subvencionadas y de 7.000 euros en el caso de las federaciones y confederaciones, con un límite máximo a otorgar de 6.300 euros para cada federación y confederación y de 600 euros para cada asociación.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y finalizará el 15 de septiembre de 2022.
Sexto.—Período subvencionable.
El período subvencionable se extiende a las actividades realizadas desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022.
Séptimo.—Solicitud.
Las solicitudes de subvención se presentarán a través de la oficina de registro virtual de la Administración del Principado de Asturias e irán dirigidas al Servicio de Equidad Educativa, con código de identificación DIR A03028889.
A la oficina virtual se puede acceder a través del portal www.asturias.es, introduciendo en la barra de búsquedas, situada arriba a la derecha de la página, el código AYUD0016T01.
Principado de Asturias, a 26 de julio de 2022.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2022-06026.