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Boletín Nº 147 del lunes 01 de agosto de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)

Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se corrigen los errores materiales advertidos en la Resolución de 11 de julio de 2022, del Servicio Público de Empleo, por la que se convocan subvenciones públicas para 2022-2023, con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad, dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as.

BDNS (Identif.): 638787.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/638787), en los portales de la administración del Principado de Asturias (www.asturias.es) y del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (www.trabajastur.com).

Primero.—Rectificar los errores materiales advertidos en la Resolución de 11 de julio de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones públicas para 2022-2023, con destino a la realización de acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as desempleados/as

Segundo.—Establecer un nuevo plazo para la presentación de solicitudes por los interesados que será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Tercero.—Notificar a los interesados, mediante la publicación en Boletín Oficial del Principado de Asturias, del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, así como la publicación de la resolución íntegra en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicado el procedimiento que se podrá localizar introduciendo AYUD0279T02 en el buscador de cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución e información complementaria correspondiente.

Oviedo, a 22 de julio de 2022.—El Presidente del Servicio Público de Empleo.—Cód. 2022-05926.