OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE SALUD
AGENCIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, SANIDAD AMBIENTAL Y CONSUMO
Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Consejería de Salud, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias, de la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción (FACUA-Asturias).
Antecedentes de hecho
Primero.—Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, constituyen un instrumento para el ejercicio de los derechos individuales y colectivos de los consumidores, ejerciéndose a través de ellas los derechos de participación y audiencia que los consumidores y usuarios tienen reconocidos como derechos básicos.
Segundo.—Con fecha 19 de abril de 2022, se presenta en el Registro de entrada de la Consejería de Salud, solicitud de inscripción en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias, por parte de la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción (Facua-Asturias).
Tercero.—Una vez revisada la documentación presentada, se comprueba que reúne los requisitos exigidos en la normativa de aplicación.
Fundamentos de derecho
Primero.—La Constitución Española establece en su artículo 51, que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos y promoverán la información y la educación de los mismos.
Segundo.—Esta materia se encuentra regulada en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, así como el título II del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y la Ley del Principado de Asturias 11/2002, de 2 de diciembre, de los Consumidores y Usuarios, que regula en sus artículos 23 a 25, el derecho de representación, consulta y participación a través de estas asociaciones.
Tercero.—Asimismo es de aplicación, el Decreto de 187/2019, de 19 de septiembre, por el que se regula la estructura, régimen interior y de funcionamiento de la Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo, y la Resolución de 14 de enero de 1992, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se modifica la Resolución de 4 de abril de 1988, por la que se crea el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias.
RESUELVO
Primero.—Acordar la inscripción en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias, de la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción (Facua-Asturias).
Segundo.—Notificar a la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción (Facua-Asturias) la presente Resolución y ordenar su publicación en el BOPA.
Tercero.—Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Salud, en el plazo de 1 mes contado desde el día siguiente al que tenga lugar la notificación del acto. Igualmente cabe interpone recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Oviedo, a 26 de mayo de 2022.—El Consejero de Salud, Pablo Ignacio Fernández Muñiz.—Cód. 2022-05724.