ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
Información pública relativa a la autorización administrativa previa de instalación eléctrica de alta tensión. Expte. AUTO/2022/8401 (AT-12347).
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se concede un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para la presentación de alegaciones en esta Consejería, relativas a la autorización administrativa previa de las instalaciones comprendidas en la siguiente solicitud:
Expediente: AUTO/2022/8401 (AT-12347).
Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S. A.
Instalación:
— Centro de transformación “Camino Frontera 270”, tipo caseta, en edificio prefabricado, en el cual se instalará un transformador de hasta 1.000 kVA de potencia asignada y relación de transformación 22 kV +2,5; +5; +7,5; +10%/0,420 kV, dos celdas de línea y una de protección de alta tensión con aislamiento en SF6, un cuadro de baja tensión de 8 salidas y los equipos necesarios para su explotación.
— Línea subterránea de simple circuito de alta tensión de 20 kV de tensión nominal, con 274 metros de longitud y cable aislado con aislamiento seco, de 240 mm² de sección, tipo HEPRZ1 12/20 kV 1x240 K Al + H16, para conectar con la red de distribución el Centro de Transformación en proyecto “Camino Frontera 270”.
— Línea subterránea de simple circuito de alta tensión de 20 kV de tensión nominal, con 29 metros de longitud y cable aislado con aislamiento seco, de 240 mm² de sección, tipo HEPRZ1 12/20 kV 1x240 K Al + H16, para conectar con la red de distribución el centro de transformación en proyecto “Camino Frontera 270”.
— Tramo de línea aérea de 20 kV de tensión nominal a reformar, simple circuito, a sustituir conductores, sin variar el trazado de la línea original, con 127 m de longitud con conductor tipo LA-78.
— Tramo de Línea aérea de 20 kV de tensión nominal, simple circuito, a desmontar, con 183 m de longitud.
Emplazamiento: Viales de la futura Urbanización Las Quildas y por caminos municipales en la parroquia de Cabueñes, en Gijón
Objeto: Mejorar y garantizar la seguridad y la calidad del suministro eléctrico además de facilitar el desarrollo urbanístico en la parroquia de Cabueñes, en Gijón.
Presupuesto: 132.582,09 €.
Corresponde a la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica emitir la resolución relativa a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción y a la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación la tramitación del expediente administrativo sobre la petición de las referidas resoluciones.
A estos efectos, para garantizar que la documentación sometida a información pública tenga la máxima difusión, durante dicho período de información pública, cualquier usuario podrá acceder a la documentación técnica presentada por el solicitante en formato digital, en el Tablón de la Sede Electrónica, al que se accede desde el apartado Temas > Industria y energía > Industria y energía en Asturias > Instalaciones de Alta Tensión del portal www.asturias.es
Asimismo, se podrá tomar vista de dicha documentación en horario de oficina en la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación (Plaza de España 1, 3.ª planta, 33007, Oviedo), pudiendo solicitar cita previa a través del correo electrónico altatension@asturias.org
Durante el plazo señalado se podrán presentar en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que se estimen oportunas dirigidas a la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación, Servicio de Autorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1–3.ª planta, 33007-Oviedo). En caso de que dichas alegaciones se presenten por medio de representante, deberá acreditarse dicha representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de dicha Ley 39/2015.
Oviedo, a 11 de julio de 2022.—El Jefe del Servicio de Autorizaciones Energéticas.—Cód. 2022-05572.