OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
Extracto de la Resolución de 2 de junio de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se modifica la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (Programa 5 del RD 477/2021), en el Principado de Asturias y se establece el régimen para la adecuación de las solicitudes presentadas que puedan verse afectadas por la publicación del RD 377/2022.
BDNS (Identif.): 603909.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/603909).
Primero.—Se modifica la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (Programa 5 del RD 477/2021), en el Principado de Asturias, en el sentido siguiente:
A. Se modifican los apartados 3 y 4 del resuelvo cuarto, actuaciones subvencionables, para adaptarlos a las condiciones y requisitos que contempla el RD 377/2021.
B. En los apartados 2, 4 y 5 del resuelvo quinto, cuantía y límites de ayuda, cuando se hace referencia a los epígrafes A2, A3 y A4 del anexo III, se entenderá que se hace referencia a los epígrafes AIII.A2, AIII.A3 y AIII.A4 del anexo III respectivamente.
C. Se modifica el punto 1 del resuelvo decimoquinto, régimen jurídico, para incluir la referencia al RD 377/2022.
Segundo.—Se establece un régimen para la adecuación de las solicitudes presentadas a la convocatoria que puedan verse afectadas por la entrada en vigor del RD 377/2022, de 17 de mayo, única y exclusivamente en el caso de que se pretenda aumentar la capacidad de almacenamiento indicada en una solicitud ya presentada.
Oviedo, a 2 de junio de 2022.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.—Cód. 2022-04368.