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Boletín Nº 112 del lunes 13 de junio de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Extracto de la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior, para el año 2022.

BDNS (Identif.): 631133.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/631133).

Primero.—Personas beneficiarias:

Personas emigrantes asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, residentes en América Latina (América Central, América del Sur, México y Antillas Mayores), que se encuentren en situaciones de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia.

Segundo.—Objeto:

Contribuir a atender las necesidades básicas de subsistencia de las personas beneficiarias, convocándose dos líneas de actuación:

Línea 1: Ayudas individuales para personas de 65 años o más.

Línea 2: Ayudas individuales para personas de 18 a 64 años que sean víctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral.

Tercero.—Bases reguladoras:

Resolución de 19 de julio de 2019, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior (BOPA número 155, de 12 de agosto de 2019).

Cuarto.—Cuantía:

La convocatoria prevé un crédito total de 410.000,00 euros, con la siguiente distribución máxima por países:

País

Importe asignado por país

Argentina

150.000,00 €

Venezuela

92.000,00 €

Chile

7.000,00 €

Uruguay

15.000,00 €

Brasil

6.000,00 €

Cuba

130.000,00 €

México

8.000,00 €

Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y República Dominicana

2.000,00 €

Total

410.000,00 €

Atendiendo al rendimiento que la ayuda supone en cada uno de los países, la cuantía máxima de cada ayuda por persona beneficiaria será la siguiente:

País

Cuantía máxima por persona

Argentina

2.000,00 €

Venezuela

2.000,00 €

Chile

2.000,00 €

Uruguay

2.000,00 €

Brasil

2.000,00 €

Cuba

600,00 €

México

2.000,00 €

Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y República Dominicana

2.000,00 €

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos de interés:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0103T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de la solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Las solicitudes vendrán acompañadas de la documentación señalada en la resolución de convocatoria.

Oviedo, a 13 de mayo de 2022.—La Consejera de Presidencia.—Cód. 2022-04333.