OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
Extracto de la Resolución de 6 de mayo de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a entidades locales del Principado de Asturias para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
BDNS (Identif.): 626215.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/626215)
Primero.—Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los ayuntamientos del Principado de Asturias, con una población de derecho inferior a 20.000 habitantes.
Segundo.—Objeto:
Serán subvencionables las actuaciones que lleven a cabo inversiones en los sistemas de abastecimiento para la mejora de la eficiencia, la reducción de pérdidas en redes de distribución y la reparación y mejora de los depósitos e instalaciones de potabilización en pequeños y medianos municipios, cuyo efecto se traduzca en un importante ahorro de agua y energía.
Las actuaciones objeto de subvención deberán incluir algunos de los siguientes objetivos:
1. Contribución a la mejora y/o renovación de los sistemas de abastecimiento, mediante acciones que tengan como finalidad:
— Significativa reducción de las pérdidas de agua del sistema.
— Maximización del ahorro del agua (ratios ahorro/población y ahorro/inversión).
— Incremento de la garantía del sistema de abastecimiento en cantidad y calidad.
2. Innovación tecnológica en los sistemas de abastecimiento municipal, mediante acciones que tengan como finalidad:
— Mejorar el control del consumo de agua de agua y energía mediante soluciones innovadoras de digitalización y aplicación de nuevas tecnologías.
— Disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero de los sistemas de abastecimiento disminuyendo el consumo de energía con soluciones innovadoras de eficiencia energética e incorporando energías renovables en los mismos.
Las actuaciones objeto de subvención deberán incorporar obligatoriamente sistemas de medida que permitan verificar la reducción de pérdidas de agua, salvo que ya dispongan de dichos sistemas. Las actuaciones deberán aplicar criterios de economía circular para que se utilicen materiales reciclados y para que, al menos el 70% de los residuos de construcción y demolición no peligrosos, sean reutilizados, reciclados o recuperados.
Para poder acceder a las ayudas no será necesario tener el proyecto constructivo redactado en el momento de la presentación de la solicitud aunque sí que se deberá disponer de una memoria valorada con la definición suficiente como para poder analizar el alcance de las obras a realizar. Para la redacción del proyecto constructivo se podrá solicitar colaboración de la Dirección General del Agua.
Las actuaciones presentadas deberán contar con la aprobación de la propuesta y del compromiso del gasto en caso de que el proyecto sea aprobado por el órgano de gobierno del ayuntamiento, así como con los informes favorables de los servicios técnicos correspondientes.
Tercero.—Bases reguladoras:
Las bases que han de regir esta convocatoria han sido aprobadas a la vez que ésta por Resolución de 6 de mayo de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, que se publica en el BOPA de 17 de mayo de 2022.
Cuarto.—Cuantía:
1. La dotación máxima global de la convocatoria es de 2.000.000,00 €, financiada con cargo a la partida 10.06.441A.763.121 “MRR.CSMA.C5. Abastecimiento a pequeños y medianos municipios” de los Presupuestos del Principado de Asturias con la siguiente distribución plurianual:
— 2022: 100.000 €.
— 2023: 1.900.000 €.
2. El importe máximo de la ayuda a conceder a cada ayuntamiento será de hasta 80.000,00 €. El importe global subvencionado podrá ser dedicado a una única actuación o a varias, siempre que su cuantía total no supere los 80.000,00 € por ayuntamiento.
3. El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 80% del coste elegible de la actuación.
4. Las actuaciones deberán haberse iniciado (fecha de levantamiento del acta de replanteo) con posterioridad al 1 de febrero de 2020 y deberán estar finalizadas antes del 1 de marzo de 2025 (fecha de acta de recepción y entrega al uso público). Para asegurar la ejecución en los plazos previstos, la inversión realizada deberá superar el 50% de la prevista a 31 de diciembre de 2023.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de solicitudes será de un (1) mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el “Boletín Oficial del Principado de Asturias” el presente extracto de la resolución de convocatoria.
Las solicitudes serán dirigidas al Servicio de Gestión y Explotación del Agua, código de identificación A03038333.
Sexto.—Otros datos:
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0400T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución e información complementaria.
Oviedo, a 11 de mayo de 2022.—La Directora General del Agua.—Cód. 2022-03615.