OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Acuerdo de 22 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles en el Principado de Asturias.
Visto el expediente instruido por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia, por el que se interesa de esta Comunidad Autónoma el nombramiento de los Registradores de la Propiedad que han obtenido plaza en el territorio de la misma, en virtud de concurso ordinario n.º 312 convocado entre Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de fecha 14 de marzo de 2022 (BOE de 21 de marzo de 2022) y resuelto por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de fecha 8 de abril de 2022 (BOE de 19 de abril de 2022), de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y con lo dispuesto en los artículos 284 de la Ley Hipotecaria y en los artículos 496 y siguientes del Reglamento Hipotecario, a propuesta de la Consejera de Presidencia, el Consejo de Gobierno,
ACUERDA
Primero.—Nombrar a los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que se señalan a continuación:
Para el Registro Gijón/Xixón n.º 2, a D. Gaspar Cuesta Vizoso.
Para el Registro Gijón/Xixón n.º 3, a D. Pablo González García.
Segundo.—Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, en conexión con los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Dado en Oviedo, a 13 de abril de 2022.—La Consejera de Presidencia, Rita Camblor Rodríguez.—Cód. 2022-03086.