Buscar en el BOPA :

Consultar una disposición

Boletín Nº 84 del miércoles 04 de mayo de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO

Acuerdo de 22 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Anual de la Inspección General de Servicios, correspondiente al año 2022.

El artículo 1 de la Ley del Principado de Asturias 11/2018, de 16 de noviembre, de la Inspección General de Servicios, determina que esta velará, en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, sociedades mercantiles y fundaciones en las que tengan directa o indirectamente participación mayoritaria o dominio efectivo, por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de personal y de organización, funcionamiento, régimen jurídico y procedimiento administrativo, así como por la idoneidad de los medios dispuestos para el logro de los objetivos asignados y la utilización racional de los recursos empleados.

El artículo 5 de esta Ley establece que la Inspección General de Servicios, previa consulta con los sujetos incluidos en su ámbito de actuación y a la vista igualmente de los informes sobre las quejas y reclamaciones que le haga llegar el órgano competente para recibirlas y tramitarlas, someterá, a través de la Consejería de la que dependa orgánicamente, un plan anual de actuaciones a la aprobación del Consejo de Gobierno, que dará traslado a la Junta General para su conocimiento, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Por su parte, el artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 11/2018, de 16 de noviembre, señala que los resultados de las actuaciones se plasmarán, previo trámite de audiencia, en su caso, en un informe que, junto al análisis y diagnóstico de la situación, contendrá recomendaciones para corregir las deficiencias que puedan haberse observado. De la copia del informe se dará traslado al Consejero correspondiente en el caso de que la actuación se refiera a la Administración del Principado de Asturias o al Director, Gerente o asimilado de los restantes sujetos referidos en el apartado 1 citado, que en cada caso se trate, con el fin de que puedan formularse las consideraciones que se estimen pertinentes. A la vista de ellas, la Inspección General de Servicios rectificará o ratificará su informe. De este informe definitivo se dará traslado tanto a los órganos citados como, en el caso de que de lo actuado se apreciaran indicios de responsabilidad contable, a la Consejería competente en materia de hacienda, quienes comunicarán a la Inspección General de Servicios las medidas adoptadas. Asimismo, se dará traslado del informe, en su caso, a quien haya ordenado o pedido la actuación de la Inspección.

El Plan de Inspección que se eleva para su aprobación en el ejercicio 2022 contiene tres áreas de actuación:

Por un lado, se pretende llevar a cabo un trabajo analítico, tanto cuantitativo como cualitativo, de la organización y funcionamiento de los servicios con competencias en materia de contratación de las distintas Consejerías, organismos y entes públicos de la Administración del Principado de Asturias.

La segunda área de actuación se concreta en la elaboración de un catálogo de funciones para cada puesto de trabajo de Administración General, continuando con ello la labor iniciada por la Inspección General de Servicios en 2021, y que está encaminada al análisis y medición de las cargas de trabajo de los puestos de la Administración General del Principado de Asturias.

Por último, como tercera área de actuación y relacionada con la anterior, se partirá del resultado del estudio de las funciones y cargas de trabajo de los puestos del personal funcionario que pertenece al Cuerpo de Subalternos y a la escala a extinguir Grupo E, para elaborar un catálogo detallado de funciones que podrían conformar las propias de una nueva agrupación profesional en el Principado de Asturias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley del Principado de Asturias 11/2018, de 16 de noviembre, de la Inspección General de Servicios, y cumplido el trámite de consulta previa con los sujetos incluidos en su ámbito de actuación, a propuesta del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, el Consejo de Gobierno,

ACUERDA

Primero.—Aprobar el Plan Anual de la Inspección General de Servicios para 2022, que se incorpora como anexo, formando parte de este Acuerdo.

Segundo.—Disponer la publicación del Plan Anual en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Tercero.—Dar traslado del Plan Anual de la Inspección General de Servicios para 2022 a la Junta General del Principado de Asturias para su conocimiento.

Dado en Oviedo, a 12 de abril de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, Juan Cofiño González.—Cód. 2022-03080.

Anexo

PLAN ANUAL DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PARA 2022

Área I. Órganos con funciones de contratación administrativa en todas las Consejerías, organismos y entes públicos.

Objeto de la inspección. Realización de un trabajo analítico, tanto cuantitativo como cualitativo, de la organización y funcionamiento de los servicios con competencias en materia de contratación de las distintas Consejerías, organismos y entes públicos, atendiendo a los siguientes aspectos:

Número y tipos de contratos, formas de adjudicación, plazos de tramitación, incidencias en la preparación, en el procedimiento de adjudicación y en la ejecución.

Medios materiales y personales de cada servicio o unidad de contratación y estudio comparativo de funciones, tareas y cargas de trabajo, atendiendo a la cantidad, especificidad y complejidad de los expedientes que se tramitan.

Evaluación de la homogeneidad de criterios en la aplicación de las disposiciones normativas, definición del objeto de los contratos, elaboración de pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas y seguimiento y control de la ejecución entre los distintos servicios de contratación.

Participación de otros órganos en la planificación y previsión presupuestaria de la contratación, elaboración de proyectos, presupuestos y pliegos, así como en la supervisión, dirección y control de la contratación.

Normativa afectada e implicaciones jurídicas de los procedimientos, así como de su eventual cambio.

Justificación. La contratación administrativa es una función esencial y determinante de la acción pública que, especialmente por la adaptación del derecho español a las directivas comunitarias y por la incorporación de procedimientos electrónicos, en los últimos años ha alcanzado un alto grado de complejidad y especialización en todas las administraciones públicas.

La Administración está obligada a la toma de decisiones dirigidas a la obtención de un conocimiento objetivo y veraz del grado de cumplimiento de los principios de eficiencia y eficacia en su organización y a la definición e implantación de medidas de cualquier naturaleza que, en el marco del derecho público, contribuyan a elevar los niveles de consecución de estos fundamentales principios.

Hasta la fecha, en el Principado de Asturias se han dado importantes avances en la contratación centralizada que han supuesto beneficios sin ninguna discusión. Ya no sería concebible una organización administrativa que, además de mantener el grado conseguido, no procurara el crecimiento del porcentaje de ejecución del gasto presupuestario contratando centralizadamente. La compra centralizada ha disminuido los gastos de gestión y rebajado los costes de los contratos. Además, ha contribuido a una mejor definición y planificación de las necesidades, a la homogenización de los bienes y servicios a contratar, a incrementar la seguridad jurídica de los expedientes, a una familiarización de los gestores con el mercado y a sistematizar el control de la ejecución y las incidencias en su cumplimiento.

Ahora, a la vista del éxito de algunas experiencias incipientes conocidas en otras administraciones, se estima que procede intentar un nuevo camino en el Principado de Asturias hacia la centralización de la contratación administrativa. La prudencia que se aconseja en una función tan sensible e importante en la acción pública como lo es la contratación, recomienda apoyarse en el mayor número de datos, estudios y definición y valoración de alternativas posibles. En este escenario, la labor de la Inspección General de Servicios contribuirá a dotar de motivación cualquier decisión que se adopte. Por ello, se ha de llevar a cabo un estudio de las condiciones actuales de la contratación administrativa en el Principado de Asturias y de las posibilidades y beneficios que sería razonable esperar de una centralización de esta función, en la medida y con el alcance que se decidiera. En especial, se requiere profundizar en la repercusión que este modelo de gestión podría tener en la reducción de plazos de tramitación de los contratos, en la homogenización de criterios y de documentos y en las economías de escala derivados de la concentración de necesidades, de medios y de conocimiento.

Área II. Órganos centrales de todas las Consejerías, organismos y entes públicos.

Objeto de la inspección: Elaboración del catálogo de funciones de cada puesto de trabajo de Administración General.

Justificación: En el ejercicio 2020 se ha encomendado a la Inspección General de Servicios la labor de definición de un plan de análisis de cargas de trabajo de la Administración del Principado (Consejerías) y Organismos y entes públicos. Quedaban fuera de este plan los centros e instituciones sanitarias, el personal docente y los establecimientos del ERA. En este marco se elaboró una propuesta metodológica para la medición de cargas de trabajo basada en la identificación y definición de una lista de 140 tareas con las que se desarrolla toda la actividad administrativa. A cada puesto de trabajo, según sus funciones, se le atribuyen las correspondientes tareas con la asignación de tiempos medios para su desarrollo.

En el ejercicio 2021 la Inspección continuó con esta línea de trabajo. Además de las acciones de formación a los responsables de recursos humanos, se inició una fase de aplicación práctica, proyectando el estudio de cargas de trabajo sobre puestos y unidades concretas. Teniendo en cuenta que las Secretarías Generales Técnicas son órganos que cuentan con un grado alto de homogeneidad, para facilitar una respuesta contrastada más efectiva a las necesidades de ajuste o corrección, se orientó la actividad hacia las mismas.

El trabajo en las Secretarías Generales Técnicas se tuvo que interrumpir cuando, a finales de 2021, la pandemia volvió a dificultar el trabajo presencial, ya que se encontraba en la fase de contraste en cada puesto de trabajo mediante la aplicación de encuestas dirigidas, de los inspectores con los titulares de los puestos. Sin embargo, ya en ese momento se había evidenciado que el concepto de función de un puesto no contaba con una referencia clara en los actuales instrumentos de ordenación de recursos humanos. Por ello, los inspectores actuantes han sugerido la necesidad de elaborar un catálogo de funciones de cada puesto de trabajo con el suficiente grado de normalización y especificidad. La propuesta no puede ser más que asumida, ya que la existencia de una relación clara y bien definida de la funciones de cada puesto de trabajo, además de aportar un mayor rigor a la medición de cargas de trabajo, es indispensable para otras muchas labores de gestión de personal y sobre todo, para fundamentar las decisiones sobre los instrumentos de ordenación de los recursos humanos.

Área III. Personal funcionario del cuerpo de subalternos y de la escala a extinguir Grupo E que presta servicios en la Administración General.

Objeto de la inspección: Partiendo del resultado del estudio detallado de las funciones y cargas de trabajo de los puestos del personal funcionario que pertenece al cuerpo de subalternos y a la escala a extinguir grupo E y que presta servicios en las Consejerías, organismos y entes públicos del Principado de Asturias, se realizará la definición de un catálogo detallado de funciones que podrían conformar las propias de una nueva agrupación profesional en el Principado de Asturias.

Justificación: De aprobarse en los términos actuales el borrador de la Ley de Empleo Público, que propone la creación de la “Agrupación profesional de Servicios Generales y apoyo Logístico”, se dispondría de la habilitación legal para la atribución de funciones, que actualmente no conforman las del cuerpo de subalternos, y que, sin embargo, aparecen como de posible atribución a este importante colectivo de funcionarios, en apoyo de los servicios administrativos. Será importante definir estas nuevas funciones partiendo de los requisitos de capacitación que son y fueron exigibles para el acceso a los cuerpos y escalas del grupo E y que, en un contexto de administración electrónica y de evolución de la forma de prestación de servicios, pueden ser dirigidos y aprovechados mediante una reasignación y orientación de su papel, con el protagonismo que les es propio, en la estructura y organización administrativa que se está configurando.

Se podrá incorporar una propuesta formativa para la adaptación del colectivo a las funciones que se definan.