Buscar en el BOPA :

Consultar una disposición

Boletín Nº 85 del jueves 05 de mayo de 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Edicto. Sentencia firme. Cuestión de Ilegalidad 4/2021.

Doña Pilar González Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia,

Hago saber: Que en el recurso contencioso-administrativo C. I. n.º 4/21, seguido a instancia de R. E. E., S. A. U., contra A. M., sobre P. O. 63/21 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Oviedo (BOPA n.º 116, de 22-5-17), se ha acordado librar a Vd. el presente mediante el cual se interesa disponga lo necesario a fin de que se publique en ese Boletín Oficial el fallo de la sentencia recaída en los autos anteriormente expresados y que ha alcanzado el carácter de firme, insertando el “texto” que a continuación se indica, para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento del mismo.

Fallo

En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido:

Estimar la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Oviedo, declarando la nulidad del art. 4 y del anexo de tarifas de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, del A. M. (BOPA de 22 de mayo de 2017), en cuanto resulten de aplicación al transporte de energía eléctrica, pero únicamente en lo que se refiere a la fijación de un tipo de gravamen anual del 5%, por no ser conforme a derecho.

Sin costas.

Debiendo publicarse la presente sentencia tal y como dispone el art. 72.2 de la LJCA.

En Oviedo, a 22 de abril de 2022.—La Letrada de la Administración de Justicia.—Cód. 2022-02966.