AYUNTAMIENTOS
DE RIBADESELLA
Resolución de la Alcaldía. Rectificación de errores en la tramitación de estudio preliminar de impacto ambiental.
Resolución de Alcaldía
Expediente: LIC/2020/372.
Asunto: Corrección de errores en tramitación EPIA.
Antecedentes
Primero.—Vista solicitud presentada el día 29/07/2020 (registro de entrada n.º 3780) por D. Jaime Rodríguez López, en nombre de Telxius Torres España, S. L., para la legalización de estación base de telefonía móvil en el polígono 18, parcela 87, sita en Bones.
Segundo.—Visto que con fecha 14/04/2021 (registro de entrada n.º 2349) se recibe acuerdo de la CUOTA de fecha 24 de marzo de 2021 por el que se informa favorablemene y se autoriza la actuación solicitada condicionado a la resolución favorable del estudio preeliminar de impacto ambiental (EPIA).
Tercero.—Vista Resolución de Alcaldía n.º 86 de fecha 31/01/2022 por la que se inicia la tramitación del EPIA para la legalización de la estación base de telefonía móvil y se abre un período de información pública de 15 días naturales, a cuyos efectos se envió un anuncio al BOPA que se publicó con fecha 15/02/2022.
Cuarto.—A la vista de lo anterior se ha advertido un error en la citada Resolución de Alcaldía al iniciar la tramitación del EPIA pues no se ha tenido en cuenta que la Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes, publicada en el BOPA de fecha 27 de diciembre de 2021, deroga los apartados 7.2. y 7.3. del PORNA, aprobado por Decreto 38/1994, de 19 de mayo, quedando sin efecto la regulación de los EPIA; error que es necesario rectificar.
Fundamentos de derecho
Primero.—Considerando lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
Segundo.—Considerando la disposición derogatoria única de la Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes, publicada en el BOPA de fecha 27 de diciembre de 2021.
Por todo ello, en uso de las atribuciones que me atribuye el artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
RESUELVO
Primero.—Anular la Resolución de Alcaldía número n.º 86, de fecha 31/01/2022, por la que se inicia la tramitación del EPIA para la legalización de la estación base de telefonía móvil y dejar sin efecto el período de información pública de 15 días naturales abierto en la misma.
Segundo.—Dar traslado de esta Resolución al BOPA para su publicación.
Tercero.—Dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.
En Ribadesella, a 8 de marzo de 2022.—El Alcalde.—Cód. 2022-01859.