Boletín Nº 43 del jueves 03 de marzo de 2022
AYUNTAMIENTOS
DE ILLAS
Anuncio. Aprobación definitiva del Presupuesto General para el ejercicio 2022.
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para ejercicio presupuestario 2022 al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA Y FUNCIONAL
Capítulo I.—Gastos de Personal | 156.795,00 € |
Capítulo II.—Gastos en bienes y corrientes y servicios | 595.900,00 € |
Capítulo III.—Gastos Financieros | 500,00 € |
Capítulo IV.—Transferencias Corrientes | 42.050,00 € |
Capítulo VI.—Inversiones Reales | 23.000,00 € |
Capítulo VII.—Transferencias de Capital | 0,00 € |
Capítulo VIII.—Activos Financieros | 0,00 € |
Capítulo IX.—Pasivos Financieros | 0,00 € |
TOTAL | 818.245,00 € |
ESTADO DE INGRESOS
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
Capítulo I.—Impuestos Directos | 163.100,00 € |
Capítulo II.—Impuestos Indirectos | 6.000,00 € |
Capítulo III.—Tasas y otros ingresos | 121.900,00 € |
Capítulo IV.—Transferencias corrientes | 523.795,00 € |
Capítulo V.—Ingresos patrimoniales | 3.450,00 € |
Capítulo VII.—Transferencias de Capital | 0,00 € |
Capítulo VIII.—Activos Financieros | 0,00 € |
Capítulo IX.—Pasivos Financieros | 0,00 € |
TOTAL | 818.245,00 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
I.—Puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Carrera.
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
II.—Puestos de trabajo sujetos a legislación laboral.
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
MASA SALARIAL
Se fija la masa salarial del personal laboral del sector público local del Ayuntamiento de Illas para el ejercicio 2022 en un importe de 25.910,34 euros, una vez minorado el gasto en el importe financiado con aportaciones finalistas.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Illas, a 25 de febrero de 2022.—El Alcalde.—Cód. 2022-01445.