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Boletín Nº 43 del jueves 03 de marzo de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE EL FRANCO

Anuncio. Modificación de la dirección electrónica de la sede electrónica del Ayuntamiento de el Franco.

El Ayuntamiento de El Franco hace público para general conocimiento y a los efectos legalmente procedentes que mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 21 de febrero de 2022 se modificó la dirección electrónica de la sede electrónica municipal, siendo el texto de la parte resolutiva de la referida Resolución del tenor literal siguiente:

“Primero.—Modificar la dirección electrónica de la sede electrónica del Ayuntamiento de El Franco (hasta ahora, https://www.sedeelectronica.elfranco.es), y que pasará a ser la siguiente: https://elfranco.sede.e-ayuntamiento.es

Segundo.—Determinar que la puesta en funcionamiento de la nueva dirección tendrá lugar con fecha de efecto 5 de abril de 2022.

Tercero.—Disponer, para general conocimiento de lo acordado, la publicación del anuncio correspondiente en el BOPA, así como en el Tablón de anuncios de la sede electrónica municipal y de la Casa Consistorial.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, así como al conjunto de los servicios municipales, y al Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos, para su conocimiento y adopción de las medidas pertinentes para la efectividad de lo acordado.

Quinto.—Poner de manifiesto que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Alcaldía en plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el BOPA; o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo a que por turno corresponda en plazo de dos meses contados desde la misma fecha y sin que puedan simultanearse ambos; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que puedan formular los recursos o ejercer las acciones que tengan por conveniente.”

A Caridá, a 21 de febrero de 2022.—La Alcaldesa-Presidenta.—Cód. 2022-01281.