OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se aprueba la carta de servicios del Servicio de Gestión Económica de Personal.
El Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, en su artículo 3, las define como documentos en los que cada órgano o unidad informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a aquella en relación con estos servicios.
Los responsables de su elaboración, gestión y actualización serán los titulares de los órganos o unidades a los que se refieran, correspondiendo su aprobación a la Consejería competente por razón de la materia, mediante resolución, previo informe de la Dirección General competente en materia de calidad en la prestación de los servicios públicos.
Al respecto el Servicio de Gestión Económica de Personal, dependiente de la Dirección General de Función Pública, ha elaborado su Carta de servicios prestados por el mismo, un instrumento de mejora de la calidad de los servicios públicos.
La carta ha sido informada por la Dirección General de Gobernanza Pública, Transparencia, Participación Ciudadana y Agenda 2030, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 del decreto indicado.
En consecuencia con lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21,4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, por la presente
RESUELVO
Primero.—Aprobar la carta de servicios del Servicio de Gestión Económica de Personal que figura como anexo a la presente resolución.
Segundo.—Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 11 de febrero de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—Cód. 2022-01276.
Anexo
CARTA DE SERVICIOS DEL SERVICIO DE GESTIÓN ECONÓMICA DE PERSONAL
Misión.
Al Servicio de Gestión Económica de Personal le corresponden las funciones generales de informe, asesoramiento y propuesta en materia retributiva; también le corresponde la elaboración de estudios, proyectos y directrices en esta materia y la planificación, valoración y propuesta de presupuestación de los gastos de personal. En general es misión de este Servicio el ejercicio de las competencias que le corresponden a la Consejería competente en materia de función pública sobre las retribuciones de personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos, entes públicos y resto de sujetos del sector público autonómico. En todo caso, compete a este Servicio la elaboración y gestión centralizada de la nómina del personal al servicio de las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias, incluido el personal docente y el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Datos de identificación del órgano.
Principado de Asturias.
Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Dirección General de la Función Pública.
Servicio de Gestión Económica de Personal (Código DIR3: A03033897).
Direcciones y teléfonos.
Hnos. Menéndez Pidal, 7-9, 2.ª planta (33005-Oviedo, Asturias).
Tfno. 985 10 58 65.
Fax 985 10 59 92.
La sección de Gestión Económica de Personal Docente se encuentra en la Plaza de España, n.º 5, 2.ª planta.
Tfno. 985 10 86 28.
Fax 985 10 59 25.
Correos electrónicos:
GESTIONECONOMICA.PERSONAL@asturias.org
NOMINAS_FUNCIONARIOSYLABORALES@asturias.org
NOMINAS_PERSONALDOCENTE@asturias.org
SECCION_NOMINAS1@asturias.org
Atención al público usuario es en horario oficina, lunes a viernes de 9 h a 14 h, tanto de forma telefónica como presencial, sin perjuicio de la atención telemática a través de los correos indicados.
Normas que regulan la prestación del servicio.
— Leyes de Presupuestos Generales del Estado y del Principado de Asturias.
— Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
— Real Decreto Legislativo 3/2000 de 23 de junio por el que se aprueba el texto refundido sobre el régimen especial de la Seguridad Social del Personal al servicio de la Administración de Justicia.
— Real Decreto Legislativo 4/2000 de 23 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
— Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Decreto 77/1988, de 23 de junio, por el que se regula el régimen de indemnizaciones por razón del servicio de los miembros del Consejo de Gobierno y demás altos cargos de la Administración del Principado de Asturias.
— Decreto 92/1989, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del Servicio en la Administración del Principado de Asturias.
— Decreto 1/2009 de 28 de enero, por el que se regulan determinados aspectos del régimen de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.
— Resolución de 18 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se dictan instrucciones en materia de concesión de anticipos reintegrables al personal de la Administración del Principado de Asturias.
Servicios prestados.
— Elaboración y cálculo de la nómina del personal adscrito a las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias.
— Emisión de los recibos de nómina. Pueden ser consultados obteniendo copia de los mismos en formato PDF a través del Portal del Empleado. En los casos en que el usuario no tenga acceso a dicho portal, se facilitarán las mismas por correo postal o electrónico.
— Emisión de certificados de retenciones y pagos a cuenta del IRPF, obteniendo copia de los mismos en formato PDF a través del Portal del Empleado. En los casos en que el usuario no tenga acceso a dicho portal, se facilitarán las mismas por correo postal o electrónico.
— Tramitación de las solicitudes presentadas mediante formularios y solicitudes telemáticas disponibles a través del Portal del Empleado de cambios de domicilio, cambios de domiciliación bancaria para el abono de la nómina, y comunicaciones de la situación personal y familiar a efectos de retención del IRPF.
— Tramitación de las altas y bajas y gestión de aportaciones a organizaciones sindicales para el personal afiliado a las mismas que desee realizar abono de cuotas por nómina.
— Tramitación de altas y bajas en los regímenes de afiliación a la Seguridad Social y gestión de cotizaciones del personal en situación de alta adscrito a las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias.
— Tramitación de altas, bajas y aportaciones solicitadas al Plan de Pensiones de la Administración del Principado de Asturias.
— Gestión y tramitación de las retenciones judiciales y por pensiones alimenticias a aplicar en nómina del personal.
— Gestión de anticipos reintegrables solicitados por empleados públicos adscritos a las Consejerías.
— Abono, en régimen de pago delegado, de las prestaciones reconocidas conforme a la normativa vigente en materia de Seguridad Social en casos de incapacidad temporal o situaciones asimiladas, así como de las prestaciones económicas complementarias en aquellos casos en que exista garantía retributiva del 100 por cien.
— Atención de reclamaciones y solicitudes sobre los conceptos incluidos en nómina y cotizaciones sociales.
— Emisión de Certificados de Empresa requeridos en procesos de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado del menor, riesgo de embarazo, y tramitación de jubilaciones.
— Emisión de certificados sobre salarios y retribuciones percibidas cuando proceda (tramitación de procesos de incapacidad, contratos relevo, solicitud de prestaciones, procedimientos de incompatibilidad, etc).
Derechos de los ciudadanos.
Los usuarios tienen los derechos y las obligaciones que se recogen en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en particular:
— A identificar al personal integrado en el Servicio bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos administrativos en los que sean interesados.
— A ser tratados con respeto y deferencia por el personal del Servicio, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
— A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones manejados por el Servicio.
— A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste.
— A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
— A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
— A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.
— A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
— A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con el Servicio.
Sugerencias y quejas.
Los ciudadanos podrán presentar sugerencias y quejas en la forma y lugares que se indican a continuación:
• De forma presencial o por correo postal en las dependencias del Servicio de Gestión Económica de Personal, en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana o en cualquiera de los registros y oficinas en los términos previstos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Por Internet a través de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias: www.asturias.es (ficha código SUGE0005T01-Quejas y Sugerencias).
Las quejas y sugerencias no son recursos administrativos y por tanto no paralizarán los plazos establecidos en la normativa vigente para interponerlos.
Compromisos de calidad.
El Servicio de Gestión Económica de Personal, adquiere los siguientes compromisos de calidad:
— Proporcionar la información requerida telefónicamente o por correo electrónico en el plazo de tres días hábiles posteriores a su planteamiento.
— Tramitar los certificados solicitados, una vez que se tenga toda la documentación necesaria, en el plazo de siete días hábiles.
— Reconocer y abonar los anticipos de nómina en la mensualidad inmediatamente posterior a su solicitud, en los supuestos en que se reúnan los requisitos para su concesión.
— Atender las solicitudes presentadas en relación con las nóminas de los empleados públicos, revisando y subsanando las discrepancias que se planteen en la nómina inmediatamente posterior a su detección siempre que sean procedentes.
— Resolver los recursos planteados en el plazo de un mes desde su presentación.
— Contestar a las quejas y sugerencias presentadas por los empleados públicos en un plazo no superior a 10 días hábiles.
Indicadores de calidad.
— Número de consultas contestadas por correo electrónico que no hubieran sido atendidas en el plazo señalado de tres días hábiles posteriores a su planteamiento.
— Número de certificados emitidos a solicitud del interesado dentro del plazo de 7 días hábiles.
— Número de anticipos de nómina que no hubieran sido incluidos en la mensualidad inmediatamente posterior a su solicitud en los casos en los que se cumplan los requisitos legalmente exigidos.
— Porcentaje de solicitudes revisadas y subsanaciones en la nómina inmediatamente posterior a la discrepancia planteada.
— Número de recursos resueltos en los plazos establecidos.
— Porcentaje de quejas y sugerencias contestadas en el plazo en 10 días hábiles.
Medidas de subsanación.
Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta podrán dirigirse a al Servicio de Gestión Económica de Personal (c/ Hermanos Pidal 7/9, 2.ª planta, Oviedo) o al correo electrónico
GESTIONECONOMICA.PERSONAL@asturias.org. En un plazo máximo de 30 días naturales este Servicio se dirigirá al usuario por el medio que este haya especificado informando de las causas por las cuales el compromiso no se haya podido cumplir e informando sobre las medidas adoptadas para subsanar el incumplimiento denunciado.
El incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta en ningún caso dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.