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Boletín Nº 245 del jueves 23 de diciembre de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL

Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se inicia el expediente, se aprueba el pliego y se convoca concurso de licitación para la licitación para la adjudicación del aprovechamiento cinegético de los cotos regionales de caza de Las Regueras n.º 184, de Salas n.º 185, de Belmonte n.º 186, de Siero-Noreña n.º 187, de Cabrales n.º 188, de Nava n.º 189, de Onís n.º 190, de Cangas del Narcea n.º 191, de Colunga-Selorio n.º 192, de Cangas de Onís n.º 193, de Ribadesella n.º 194, de Illano n.º 195, de Cudillero n.º 196 y de Grado n.º 197.

Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Con fecha de registro de entrada de 19 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración de Coto Regional de Caza de Siero-Noreña por la Sociedad de Cazadores “Valle de Nora”, con fecha 12 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Ribadesella por la Sociedad de Cazadores “Santianes”, con fecha 09 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Cabrales por la Sociedad de Cazadores “El Jabalí”, con fecha 17 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Illano por la Sociedad de Cazadores “GEOS”, con fecha 12 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Salas por la Sociedad de Cazadores “El Viso”, con fecha 12 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Onís por la Sociedad de Cazadores “Nuestra Señora Virgen del Castro”, con fecha 11 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Nava por la Sociedad de Cazadores “San Bartolomé”, con fecha 05 de abril de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Colunga-Selorio por la Sociedad de Cazadores “Los Llanos de Colunga”, con fecha 1 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Cangas del Narcea por la Sociedad de Cazadores “El Narcea”, con fecha 02 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Grado por la Sociedad de Cazadores de “Grado”, con fecha 14 de enero de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Cangas de Onís por la Sociedad de Cazadores “Rey Pelayo”, con fecha 03 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Cangas de Onís por la Sociedad de Cazadores “La Parraguesa”, con fecha de entrada 18 de febrero de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Cudillero por la Sociedad de Cazadores “Los Pinares”, con fecha 05 de marzo de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Las Regueras por la Sociedad de Cazadores “el Mirlo”, con fecha de entrada 19 de febrero de 2021 se formuló solicitud de declaración del Coto Regional de Caza de Belmonte por la Sociedad de Cazadores “Peña Manteca”, sometiéndose todas ellas a la preceptiva Información Pública, al amparo del art. 21.1 del Decreto 24/91 de 7 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Caza del Principado de Asturias y se procedió a su exposición pública en el tablón de anuncios de la Oficina del Registro Central e Información de la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias, y en el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados, siendo publicadas todas ellas en el BOPA del día 3 de mayo de 2021.

Los mencionados Cotos Regionales han quedado constituidos por Resolución de 23 de julio de 2021 de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial en virtud del art. 12 de la vigente Ley 2/1989, de 6 de junio, de Caza.

Segundo.—Con objeto de proceder a la adjudicación del aprovechamiento cinegético de estos acotados y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2/1989, de 6 de junio, de Caza y su Reglamento, aprobado por el Decreto 24/1991, de 7 de febrero, se procede a convocar concurso público para adjudicar la concesión.

Tercero.—Por parte del Servicio de Vida Silvestre se ha elaborado un Pliego de Condiciones y un baremo de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 24/1991, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Caza, modificado por el Decreto 46/95, de 30 de marzo, por el Decreto 81/2005, de 28 de julio y modificado por el Decreto 74/2021, de 1 de diciembre de 2021, que se acompaña como anexo a la presente resolución.

Fundamentos de derecho

Primero.—Considerando que el artículo 14 de la Ley 2/1989, de 6 de junio, de Caza, dispone que el Principado de Asturias gestionará la caza en los Cotos Regionales por sus propios medios o mediante concesión a sociedades de cazadores legalmente constituidas.

Segundo.—Vista la Ley 2/1989, de 6 de junio, de Caza, y su Reglamento, aprobado por el Decreto 24/1991, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Caza, modificado por el Decreto 46/95, de 30 de marzo, por el Decreto 81/2005, de 28 de julio y modificado por el Decreto 74/2021, de 1 de diciembre de 2021 y demás disposiciones de general aplicación.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, así como el informe de la Dirección General de Medio Natural y Planificación Rural, en consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Iniciar el expediente para la adjudicación del aprovechamiento cinegético de los Cotos Regionales de Caza Cotos Regionales de Las Regueras, de Salas, de Belmonte, de Siero-Noreña, de Cabrales, de Nava, de Onís, de Cangas del Narcea, de Colunga-Selorio, de Cangas de Onís, de Ribadesella, de Illano, de Cudillero y de Grado.

Segundo.—Aprobar el pliego de condiciones que ha de regir en la licitación para la adjudicación de la concesión del aprovechamiento cinegético de los Cotos Regionales de Caza.

Tercero.—Convocar concurso público de licitación para la adjudicación de la concesión del aprovechamiento cinegético de los Cotos Regionales de Caza relacionados en el resuelvo primero, conforme al bloque III apartado primero del pliego.

De acuerdo con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, en ambos casos, desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.

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Oviedo, a 21 de diciembre de 2021.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2021-11050.