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Boletín Nº 241 del viernes 17 de diciembre de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se declara el decaimiento de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos para el curso académico 2021/2022.

Antecedentes de hecho

Por Resolución de 1 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto (BOPA de 7 de junio).

Por medio de la Resolución de 9 de abril de 2021, de la Consejería de Educación, extracto en BOPA de 19 de abril de 2021, se convocan subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos para el curso académico 2021/2022.

Por Resolución de fecha 21 de julio de 2021, se conceden y deniegan subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos para el curso académico 2021/2022, a aquellos escolares que se relacionan en el anexo I de dicha Resolución.

Con posterioridad a la citada Resolución de 21 de julio de 2021, se ha comprobado que hay 1.054 personas que inicialmente habían adquirido la condición de beneficiarias de las citadas subvenciones, y al inicio del curso escolar 2021/2022 no cumplen alguno de los requisitos para adquirir dicho derecho: 147 alumnas y alumnos que habían presentado su solicitud en un centro público, han trasladado su matrícula a un centro educativo privado concertado, 154 personas no han formalizado matrícula a fecha de la sesión de la comisión de valoración, teniendo en cuenta que el plazo de matriculación ha terminado, y 753 personas han repetido curso escolar. Estas 1.054 personas no han recibido los lotes de libros que en principio les correspondería como beneficiarios del Programa.

La convocatoria de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto establece como requisitos para ser beneficiario que el alumnado esté matriculado en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Enseñanza Básica Obligatoria, durante el curso escolar 2021/2022 en los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, así como que no repitan curso escolar. Por tanto los 1.054 escolares que figuran como anexo a esta Resolución, incumplen los requisitos fijados en la convocatoria para ser beneficiario, a pesar de figurar inicialmente como con dicho carácter en la Resolución de 21 de julio de 2021, por la que se conceden y deniegan subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centro educativos públicos para el curso académico 2021/2022.

Con fecha 15 de noviembre de 2021 se reúne la Comisión de Valoración de la convocatoria de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto, que acuerda la pérdida de la subvención al alumnado del anexo a esta resolución.

Fundamentos de derecho

Vistos: Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de Régimen Económico y Presupuestario, el Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, Decreto 37/2020, de 2 de julio, de primera modificación del Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, Decreto 65/2021, de 1 de octubre, de segunda modificación del Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, Resolución de 1 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto, y Resolución de 9 de abril de 2021, por la que se convocan subvenciones, para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos para el curso académico 2021/2022.

RESUELVO

Único.—Declarar el decaimiento del derecho a la subvención para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto a las personas que se relacionan en el anexo a esta Resolución, por incumplimiento de los requisitos fijados en la Resolución de 21 de julio de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos, para el curso académico 2021/2022.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso-potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación y Cultura, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que se interponga éste.

Oviedo, a 23 de noviembre de 2021.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2021-10505.

Anexo

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