AYUNTAMIENTOS
DE PRAVIA
Anuncio. Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal n.º 25, reguladora de la tasa por instalaciones de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones o recreo situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.
En aplicación del artículo 17, ap. 3, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL), finalizado el período de exposición pública del acuerdo provisional adoptado en sesión plenaria de 30 de septiembre de 2021 para la modificación de los tributos municipales, y de la correspondiente ordenanza fiscal, y no habiéndose presentado reclamaciones, se entiende elevado a definitivo con fecha 1 de diciembre de 2021. A continuación, en cumplimiento del artículo 17, ap. 4, de la misma norma, se procede a la publicación del acuerdo definitivo, así como del texto que se modifica en la ordenanza fiscal con entrada en vigor el 1 de enero de 2022.
Modificación de la ordenanza fiscal número 25, reguladora de la tasa por instalaciones de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones o recreo situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico:
— Suprimir la tarifa de 1,5 euros/metro lineal/día, para los meses de octubre a marzo, y la de 2,7 euros/metro lineal/día, para los meses de abril a septiembre. La supresión surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2022.
— Establecer la tarifa de 1 euro/metro lineal/día, para al año entero. La nueva tarifa surtirá efectos a partir del 1 de julio de 2022.
De conformidad con el artículo 19, ap. 1, TRLRHL, contra los acuerdos definitivos y las correspondientes ordenanzas fiscales podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación.
Pravia, a 1 de diciembre de 2021.—El Alcalde.—Cód. 2021-10492.