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Boletín Nº 223 del viernes 19 de noviembre de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE HACIENDA
ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Resolución de 2 de noviembre de 2021, de la Consejería de Hacienda, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el procedimiento ordinario 838/2020. Expte. REA n.º 249/2019.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado Sentencia de fecha 8 de junio de 2021, en el recurso contencioso-administrativo n.º 838/2020 interpuesto frente a la resolución de fecha 25 de septiembre de 2020, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número 2019-0249, interpuesta contra los padrones y liquidaciones del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales, ejercicio 2019.

La referida Sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la Sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

“En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Álvarez Arias de Velasco, en nombre y representación de la mercantil Alcampo, S. A. U., con NIF A28581882, frente a la Resolución de la Dirección General de Finanzas y Hacienda, Administración del Principado de Asturias, Servicios Tributarios del Principado de Asturias, de fecha 25 de septiembre de 2020, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número 2019-0249, interpuesta contra los padrones y liquidaciones del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales, ejercicio 2019, correspondiente a los centros comerciales que la recurrente tiene en Gijón y Valle de Nalón.

Se imponen las costas a la recurrente con el límite máximo de 500 €.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 2 de noviembre de 2021.—La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.—Cód. 2021-09798.