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Boletín Nº 213 del viernes 05 de noviembre de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE AVILÉS

Anuncio. Aprobación provisional de la modificación de ordenanzas de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario del Ayuntamiento de Avilés para el ejercicio 2022.

Anuncio

Aprobación provisional de la modificación de Ordenanzas de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario del Ayuntamiento de Avilés para el Ejercicio 2022.

Que, el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día veintinueve de octubre de dos mil veintiuno, adoptó, entre otros, los siguiente acuerdos de aprobación provisional de modificación de las siguientes ordenanzas reguladoras de tributos, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, para su aplicación durante el ejercicio 2022:

Primero.—Aprobar la modificación de las siguientes ordenanzas reguladoras de precios públicos (Expdte. AYT/6291/2021):

• Ordenanza n.º 107, reguladora del precio público por la prestación de servicios en la Fundación Municipal de Cultura.

• Ordenanza n.º 108, reguladora del precio público por la prestación de servicios en las instalaciones de la Fundación Deportiva Municipal.

Segundo.—Aprobar la modificación de las siguientes ordenanzas reguladoras de Impuestos (Expdte. AYT/6292/2021):

• Ordenanza Fiscal n.º 403, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

• Ordenanza Fiscal n.º 404, reguladora del impuesto sobre actividades económicas.

Tercero.—Aprobar la modificación de las siguientes ordenanzas reguladoras de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario (Expdte. AYT/6289/2021):

• Ordenanza n.º 500, reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por la prestación del servicio municipal de suministro de agua potable.

• Ordenanza n.º 501, reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por la prestación del servicio de alcantarillado.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, puedan los interesados examinar el expediente en el Servicio de Gestión de Ingresos de este Ayuntamiento, sito en la Plaza de España s/n en horas de 9 a 14, de lunes a viernes, y presentar las reclamaciones que estimen oportunas (artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera presentado reclamación alguna, quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Avilés, a 2 de noviembre de 2021.—La Concejala Responsable del Área de Hacienda y Administración General (P. D. Alcaldía de 22 de junio 2019).—Cód. 2021-09699.