Boletín Nº 213 del viernes 05 de noviembre de 2021
AYUNTAMIENTOS
DE PEÑAMELLERA BAJA
Anuncio. Aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio publico local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos.
Anuncio
El Pleno del Ayuntamiento de Peñamellera Baja, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2021, acordó aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas agua e hidrocarburos en tanto que la doctrina del Tribunal Supremo traída a colación en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3, anula la liquidación girada en concepto de “tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica”, correspondiente al ejercicio de 2020 e indirectamente la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Peñamellera Baja, reguladora de la “Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, de las instalaciones de transporte de energía eléctrica”, publicada en el BOPA n.º 179, de 17 de septiembre de 2019.
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.2 del R. D. L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el citado acuerdo se somete a información pública y audiencia a los interesados durante un plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias durante los cuales podrán presentarse reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en dicho plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso del Pleno.
Simultáneamente, se publicará el texto definitivo de la ordenanza en la página web del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica https://sedeelectronica.aytopbpanes.es con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
En Panes (Peñamellera Baja), a 29 de octubre de 2021.—El Alcalde.—Cód. 2021-09636.