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Boletín Nº 213 del viernes 05 de noviembre de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE OVIEDO

Anuncio. Extracto del Acuerdo de 21 de octubre de 2021, de la Junta de Gobierno Local, en la que se aprueba la convocatoria de las becas para la formación práctica de Titulados Superiores en la Escuela Municipal de Música de Oviedo curso 2021-2022.

BDNS (Identif.): 592145.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/592145).

Las becas objeto de la presente convocatoria se regirán, además de lo previsto en la misma, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Reglamento que desarrolla dicha ley de Subvenciones, aprobado por R. D. 887/2006, de 21 de julio, y por la Ordenanza General del Ayuntamiento de Oviedo, aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión de 8 de junio de 2004 (BOPA de 21-09-2004), que ha sido objeto de diversas modificaciones, entre ellas, la aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión de 2 de julio de 2018 (BOPA de 19-10-2018), incorpora las Bases reguladoras de becas de formación práctica en la Escuela Municipal de Música para titulados de Grado de Música en Especialidad de Interpretación de Piano.

Finalidad y objeto.

La finalidad de las becas es la Formación para el aprendizaje y adquisición de experiencia práctica mediante la participación en la actividad auxiliar complementaria de pianista acompañante por parte de aquellos/as titulados/as de grado en música en especialidad de interpretación, en el itinerario de Piano con reciente titulación, bajo la coordinación del tutor designado de la Escuela de Música dependiente de la Concejalía de Educación. Se persigue que los becarios/as adquieran y/o perfeccionen estrategias metodológicas en el área musical señalada favoreciendo el aprendizaje. La formación que obtendrá la persona becada vendrá dada por la actividad de acompañamiento que realice, adquiriendo una visión práctica del mundo docente y una destreza instrumental, mediante el acompañamiento en diversas especialidades.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer las normas reguladoras que rijan las becas para la formación práctica en la Escuela Municipal de Música durante el curso 2021-2022.

Requisitos.

Podrán optar a ser beneficiarios/as las personas que acrediten el conjunto de requisitos siguientes:

a) Poseer la titulación superior en música en especialidad de interpretación, en el itinerario de Piano (Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanza artísticas superiores de grado de música establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y normativas autonómicas que establecen y desarrollan los planes de estudio), obtenida en los 4 últimos cursos escolares (curso 2017-2018/2018-2019/2019-2020 y 2020-2021).

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no ser deudor de este Ayuntamiento.

c) Encontrarse en situación de desempleo.

d) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Duración y características de las becas.

El período de disfrute de la beca, será durante el curso 2021-2022. En caso de resolución con posterioridad a dicha fecha comenzará en los cinco días siguientes a la publicación de resolución definitiva.

La formación práctica, se llevará a cabo, realizando funciones de acompañamiento, en disciplinas que se especifican en el anexo I de la convocatoria, apoyando al profesorado de dichas especialidades y tendrá una duración de 17 horas semanales, que con carácter general, se desarrollaran, 15 horas destinadas a formación práctica, mediante el acompañamiento, durante 4 tardes semanales, en días lectivos del calendario escolar y 2 horas en horario de mañana o tarde, a elección del becario, previa conformidad del tutor, para actividades complementarias de preparación y estudio.

Excepcionalmente, la distribución horaria de la beca podrá variarse previa solicitud por razones debidamente justificadas, siempre que sea compatible con el servicio público. La autorización corresponderá al tutor.

La beca podrá desarrollarse, en dependencias ajenas a la escuela de música, con motivo del acompañamiento y motivadas por conciertos o acompañamiento a exámenes.

Durante la realización de las prácticas actuará como tutor/a la Coordinación General de la escuela de música.

La concesión y disfrute de las becas no generará relación contractual o funcionario alguno con el Ayuntamiento de Oviedo, y por consiguiente no supondrá en ningún caso relación de empleo ni funcionarial.

El becario tendrá derecho el disfrute de período vacacional que coincidirá con el calendario escolar aprobado por la Consejería de Educación y Cultura para cada curso escolar.

Número máximo de becas y cuantía de la misma.

El importe total de las becas asciende a 24.000,00 €, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 310 3261 481 del presupuesto General del Ayuntamiento según el siguiente desglose:

Ejercicio 2021: 8.000,00 €.

Ejercicio 2022: 16.000,00 €.

Se concederán hasta 2 becas por importe de 1.000,00 €; mensuales cada una, con cargo a la aplicación presupuestaria señalada. Se abonarán por mensualidades vencidas y en todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en virtud del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cotización a la Seguridad Social en virtud de lo establecido en el Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, términos recogidos en la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de 19 de agosto de 2013.

En caso de comienzo con posterioridad a la fecha prevista en el artículo 3 de la convocatoria se prorrateará dicho importe teniendo en cuenta la fecha de comienzo.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud, los documentos exigidos, así como los criterios de otorgamiento y características de la Prueba práctica, figuran en la convocatoria y sus anexos, y dicha documentación se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPA.

Telemáticamente:

Sede Electrónica de la web municipal https://sede.oviedo.es/tramites Para ello se podrá utilizar cualquiera de los dos sistemas habilitados según se disponga o no de firma electrónica.

Punto de Acceso Electrónico de la Administración https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Presencial:

En el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo, mediante cita previa en la dirección siguiente

https://www.oviedo.es/registrogeneral/citaprevia

Asimismo, se podrá presentar de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se identificarán por el número de registro de la solicitud en el Ayuntamiento de Oviedo. Los interesados deben conservar dicho número para conocer el contenido relativo a su solicitud.

La presente convocatoria se publicará en la página web del Ayuntamiento de Oviedo: www.oviedo.es

Los trámites de todas las publicaciones de las listas resultantes de los procedimientos citados, también se publicarán en https://www.oviedo.es/emmoviedo, en el tablón de anuncios de la Escuela de Música y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Oviedo.

La convocatoria surtirá sus efectos desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 27 de octubre de 2021.—El Concejal de Gobierno de Educación, Cultura, Centros Sociales, Salud Pública y Consumo.—Cód. 2021-09580.