OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se conceden subvenciones para servicios de asesoría en las pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas prestados por las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).
Examinados los expedientes que se tramitan por el Servicio de Desarrollo Agroalimentario, relativos a la ayuda para servicios de asesoría en las pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas prestados por las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS), resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.—Con fecha 6 de abril de 2015 (BOPA 21/04/2015) se aprueban las bases que rigen la concesión de subvenciones para servicios de asesoría en las pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas prestados por las Agrupaciones para los Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).
Segundo.—Con fecha de 31 de mayo de 2021 (BOPA 09/06/2021) se aprueba la convocatoria de subvenciones para servicios de asesoría en las pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas prestados por las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).
Tercero.—Con fecha 13 de septiembre de 2021 se reúne la Comisión de Evaluación establecida según el apartado 2 de la base décima de la Resolución de 6 de abril de 2015, levantándose la correspondiente acta y emitiendo informe de evaluación de las solicitudes presentadas, al que se adjunta anexo con las solicitudes a las que se concede la subvención.
Cuarto.—Todos los beneficiarios que aparecen en el anexo I han acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria de ayudas y en el resto de la normativa aplicable, así como el estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social; y existiendo crédito suficiente en la aplicación presupuestaria correspondiente.
Fundamentos de derecho
Primero.—Son de aplicación el artículo 38 de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de su Reglamento ejecutivo aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio; el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, y la Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2021.
Segundo.—La persona titular de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, es el órgano competente para conceder la subvención y disponer el gasto, en virtud de lo establecido en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
En virtud de los anteriores hechos y fundamentos de derecho,
RESUELVO
Primero.—Disponer un gasto y conceder una subvención de treinta mil euros (30.000,00 €) a favor de los beneficiarios relacionados en el anexo I, que acompaña a esta propuesta de resolución, con cargo al concepto presupuestario 17.03.712C.473.004, de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2021, expediente n.º 1700005389, código del proyecto 2004/000036, apoyo a ATRIAS.
Segundo.—Los beneficiarios deben presentar antes del 15 de noviembre de 2021: cuenta justificativa con la declaración de actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos: originales de facturas y de documentos justificantes por el importe concedido, documentación que acredite el importe, procedencia y aplicación de los fondos propios y, en su caso, otras subvenciones o recursos empleados para financiar las acciones subvencionadas; así como las certificaciones expedidas por la Consejería y Administraciones Públicas, la Agencia Estatal Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativas de que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones, en caso de que hubiese caducado el período de validez de las presentadas en el trámite de solicitud, todo ello conforme se indica expresamente en el apartado 1 de la base decimotercera de la Resolución de 6 de abril de 2015 (BOPA de 21/04/2015).
Tercero.—Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la persona titular de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 19 de octubre de 2021.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2021-09381.
Anexo I
Expte. n.º | Solicitante | NIF | Importe subvención |
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SVA/01/21 | CAMPOASTUR PRODUCTOS Y SERVICIOS S. COOP. MANZANO DE SIDRA | F74337593 | 6.000 € |
SVA/02/21 | CAMPOASTUR PRODUCTOS Y SERVICIOS S. COOP. FABA | F74337593 | 6.000 € |
SVA/03/21 | ASOCIACIÓN PARA TRATAMIENTOS INTEGRADOS EN AGRICULTURA NATURBIA | G74447079 | 6.000 € |
SVA/04/21 | ASOCIACIÓN ASTURIANA DE PRODUCTORES DE PEQUEÑOS FRUTOS | G74323478 | 6.000 € |
SVA/05/21 | ASOCIACIÓN VINO DE CALIDAD DE CANGAS | G74068438 | 6.000 € |
TOTAL | 30.000 € |