AYUNTAMIENTOS
DE VALDÉS
Anuncio. Modificación puntual del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del concejo de Valdés.
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En sesión celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 29 de julio de 2021, se aprobó inicialmente la modificación de los artículos 14 y 15 del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Concejo de Valdés (expediente SEC/2021/47).
Dicha modificación fue sometida a información pública, por plazo de treinta días hábiles, mediante anuncio inserto en el BOPA número 161, de 20 de agosto de 2021, tablón de edictos de la Casa Consistorial y sede electrónica municipal, para presentación de reclamaciones y sugerencias. No habiéndose presentado ninguna durante el indicado plazo, se entiende la modificación definitivamente aprobada sin necesidad de nuevo acuerdo.
De conformidad con lo cual, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público el texto íntegro de la modificación, cuyo contenido es el que sigue:
Modificación del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Valdés. BOPA de 11/04/2006. Nueva redacción de los siguientes artículos:
Artículo 14.
Podrán vincularse a la Agrupación de Voluntarios las personas físicas residentes en el municipio de Valdés, con el objetivo de colaborar voluntariamente y por tiempo determinado en las labores propias de los servicios de Protección Civil.
La condición de voluntario de Protección Civil faculta únicamente a realizar actividades relacionadas con la misma, y que han sido enunciadas en el artículo 13.
La condición de voluntario no ampara la realización de actividades con finalidad religiosa, sindical u otras ajenas al espíritu y concepto de la Protección Civil.
Artículo 15.—Voluntarios.
1. Dicha incorporación podrá llevarse a cabo por todos los residentes mayores de 18 años que acrediten disponer de tiempo libre y superen la entrevista personal, la formación básica y firmen el compromiso de cumplir este reglamento y el resto de normas internas de la Agrupación.
No obstante lo anterior, los y las jóvenes mayores de 16 años se podrán incorporar a la Agrupación como colaboradores, no pudiendo realizar ningún servicio que entrañe riesgo para la integridad física, realizando solamente servicios preventivos.
Se establece un período de prueba de 3 meses desde la presentación de solicitud de incursión en la Agrupación hasta la aprobación definitiva como voluntario de protección Civil, la cual se hará efectiva mediante informe de coordinador/a de la Agrupación.
2. La incorporación se hace siempre a solicitud del interesado, previa declaración de cumplir y acatar lo dispuesto en el presente Reglamento.
Valdés, a 18 de octubre de 2021.—El Alcalde.—Cód. 2021-09243.