OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen los servicios mínimos con motivo de las convocatorias de huelga indefinida desde el próximo día 4 de octubre de 2021 y huelga con paros parciales y de jornada completa establecidos para los días 4, 13, 14, 20, 27 y 28 de octubre de 2021 por la “Comisión abierta de huelga estatal por la lucha de los trabajadores en precario de las Administraciones Públicas”.
Convocadas huelga indefinida desde el próximo día 4 de octubre de 2021 y huelga con paros parciales y de jornada completa establecidos para los días 4, 13, 14, 20, 27 y 28 de octubre de 2021, de por la Comisión abierta de huelga estatal por la lucha de los trabajadores en precario de las Administraciones Públicas, tal y como consta en los preavisos obrantes en la Dirección General de la Función Pública, que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y por los empleados públicos interinos y temporales de las empresas y organismos establecidos dentro del ámbito geográfico y jurídico del Estado español, incluido, por tanto, el personal funcionario interino y laboral temporal de la Administración del Principado de Asturias y organismos públicos y entidades vinculados o dependientes de ella, o bien con convocatoria dentro del ámbito territorial propio de Asturias, resulta imprescindible mantener cubiertos en dicho día determinados puestos de trabajo para garantizar la prestación de los servicios públicos dependientes de esta Consejería.
Resulta por ello obligado armonizar el interés general y el derecho de huelga mediante la adopción de las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de aquellos servicios que, limitando lo menos posible el contenido de dicho derecho al personal temporal e interino convocado a la huelga, sean a la vez suficientes para garantizar las actividades de carácter esencial para los intereses de esta Consejería.
En virtud de lo expuesto, en aplicación de lo previsto en el artículo 10, párrafo 2 del Real Decreto-Ley 17/1977, 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo y las Sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril y 5 de noviembre de 1981 y visto el artículo 17e) de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, así como el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Establecer como servicios mínimos que deberán ser atendidos durante la jornada de la huelga general de carácter indefinido a partir del 4 de octubre y de la huelga con paros parciales y de jornadas completas establecidos para los días 4, 13, 14, 20, 27 y 28 de octubre de 2021, los que a continuación se señalan y por la justificación que se expone:
Viceconsejería de Justicia
Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia:
— 2 Responsables de las Unidades Técnicas de Gestión.
— 3 Funcionarios.
Justificación: Atender las situaciones urgentes que puedan darse con motivo de las huelgas, el propio control e información sobre el desarrollo de la misma, así como la atención a los 156 órganos jurisdiccionales, la Fiscalía Superior y el Instituto de Medicina Legal de Asturias y otros servicios tales como Decanatos, Servicios Comunes, Oficinas de Asistencia a las Víctimas, etc. obligan a implantar este mínimo, en este Servicio, teniendo en cuenta además el número de personas a que puede afectar la huelga en el ámbito de la Administración de Justicia que es de 1.207 funcionarios y 79 laborales.
— Un Auxiliar Administrativo/a o un Administrativo/a o un/a funcionario/a del cuerpo de Gestión en la Sección de Justicia Gratuita
Justificación: La necesidad de tutelar los derechos de los ciudadanos en el ámbito del beneficio de la justicia gratuita justifica la necesidad del establecimiento de este mínimo, indispensable, para este ámbito en jornada ordinaria laborable, en donde las necesidades de registros, la peculiaridad de su tramitación o lo perentorio de sus plazos obligan a su implantación.
Servicio de Justicia del Menor:
— Un/a Técnico/a de la Administración (Jefe/a de Servicio/Jefe/a de Sección o Educador/a adscrito/a al SJM).
— Un/a Auxiliar administrativo/a adscrito/a al SJM.
Justificación: La Administración del Principado de Asturias ostenta la responsabilidad y competencia directa, irrenunciable e indelegable, de ejecutar y velar por la correcta ejecución de todas aquellas medidas impuestas mediante sentencia firme del Juzgado de Menores (artículo 45 de la LO 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal de los Menores) y al Servicio de Justicia del Menor (Servicios Centrales) le corresponde asistir a la Viceconsejería de Justicia en el ejercicio de sus funciones de coordinación y gestión de los recursos dependientes del Principado de Asturias para la ejecución de las citadas medidas (artículo 9 del Decreto 79/2019, de 30 de agosto, del Principado de Asturias, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia). Ello implica una labor diaria, constante, de gestión administrativa y burocrática, así como de asistencia técnica tanto al Centro de Responsabilidad Penal de Menores “Casa Juvenil de Sograndio” (a través del cual se ejecutan aquellas medidas privativas de libertad), como a las Entidades que ejecutan medidas vía contrato para esta Administración, cuya actividad es coordinada de forma diaria por parte del Servicio.
Por ello se hace necesaria la presencia en día laborable de al menos, una persona de nivel técnico mínimo (Jefe/a de Servicio, Jefe/a de Sección o Educador/a) para responder a las obligaciones legalmente atribuidas al Servicio de Justicia del Menor, en los términos expuestos, así como un auxiliar administrativo para funciones propias de apoyo para tramitación en los plazos perentorios con los distintos órganos judiciales, de Fiscalía o administrativos.
Centro de Responsabilidad Penal de Menores “Casa Juvenil de Sograndio”:
Efectivos | Turno de mañana | Turno de tarde | Turno de noche |
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Coordinador/A | 1 | 1 | - |
Educador/a – (1.er piso) | 1 | 2 | - |
Educador/a – (2.º piso) | 1 | 2 | - |
Educador/a – (3.er piso) | 1 | 2 | - |
Educador/a – (4.º piso) | 1 | 1 | - |
Educador/a – (Terapéutico) | 1 | 2 | - |
Maestro/a de Escuela | 1 | 1 | - |
Maestro/a de Taller | 1 | 1 | - |
Psiquiatra | 1 | - | - |
Auxiliar Educador/a de Noches | - | - | 5 |
Auxiliar Educador/a | 2 | 2 | - |
Auxiliar Administrativo/a | 1 | - | - |
Auxiliares Educadores Fin de Semana | 6 | 6 | - |
Educadores Fin de Semana | 3 | 3 | - |
Justificación: El Centro de Responsabilidad Penal de Menores “Casa Juvenil de Sograndio” constituye el único de los recursos de que dispone para la ejecución de las medidas impuestas por el Juzgado de Menores, que implican privación de libertad, prestando al tiempo un servicio público de vigilancia, atención directa, guarda y custodia respecto de los menores y jóvenes internos, por lo que precisa cubrir unos mínimos de personal, tanto en los puestos de atención directa como en aquellos otros que resulten imprescindibles para el buen funcionamiento del Centro.
El examen de las funciones del Decreto del Principado de Asturias 40/2006, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de los centros específicos para la ejecución de medidas privativas de libertad de menores y jóvenes infractores determina las acciones mínimas necesarias, lo que debe ser puesto en relación con la propia estructura física (habitaciones en cuatro pisos) y organizativa del centro (organización escolar y de talleres, así como una unidad terapéutica separada, de especial organización).
Del grupo directivo se establece una persona en cada turno (TM/TT) (2); del grupo de educadores (4) uno por piso en TM, con refuerzo de auxiliares y educador terapéutico (3) y un maestro de cada especialidad (2) en su propio horario, de ahí que haya que reforzar en TT el grupo de educadores, con mayor franja no escolar y período de descanso, con dos por piso, salvo el cuarto, y los auxiliares de refuerzo, en turno de tarde; finalmente un psiquiatra y un auxiliar administrativo (2). El Turno de noche, por lo señalado de estructura, pisos, funciones ha de tener un mínimo de uno por piso y uno en el módulo terapéutico (5).
Dirección General de Gobernanza Pública, Transparencia, Participación Ciudadana y Agenda 2030
Servicio de Atención Ciudadana:
En el SAC sería necesario establecer los siguientes servicios mínimos:
Agentes presenciales:
— Oficina SAC Oviedo: 2 agentes presenciales SAC.
— Oficina SAC Gijón: 1 agente presencial SAC.
— Oficina SAC Avilés: 1 agente presencial SAC.
Justificación: Garantizar la apertura de las oficinas SAC de Avilés y Gijón para registro de documentos y escritos de los ciudadanos, en el horario ordinario establecido.
En el caso de la oficina SAC de Oviedo, garantizar la apertura durante todo el horario de atención al público (Oficina SAC Oviedo: de 9:00 a 19:00 horas).
Agentes Telefónicos:
— 2 agentes telefónicos.
Justificación: Garantizar la atención al cuidadano para información general y centralita del Principado.
Servicio de Publicaciones, Archivos, Documentación y Participación Ciudadana
— Un responsable para realizar las tareas de maquetación.
Justificación: Garantizar las tareas de maquetación en caso de necesidad de administración de la aplicación eBOPA.
— Un responsable para realizar tareas de publicación en portales corporativos.
Justificación: Garantizar la publicación de contenidos de interés general para la ciudadanía.
Organismo Autónomo Servicio de Emergencias del Principado de Asturias
Área de 112 Asturias y Protección Civil:
Departamento de Telecomunicaciones:
— 1 Técnico del Departamento
Justificación: Asegurar el imprescindible funcionamiento de las red de comunicaciones de emergencia del Principado de Asturias.
Departamento de Protección Civil:
— 1 Técnico del Departamento
Justificación: Asegurar la imprescindible valoración y asesoramiento ante incidentes de emergencia que puedan desembocar en la activación de un Plan de Emergencia del Principado de Asturias.
Unidad de Información y Comunicación:
— 1 Periodista.
Justificación: Asegurar la imprescindible información y comunicación de incidentes o planes de emergencia del Principado de Asturias que pudieran activarse.
Área 112 Asturias:
— 1 Técnico de Coordinación.
Justificación: Asegurar la imprescindible coordinación y asesoramiento en caso de activación de planes de emergencia del Principado de Asturias.
Coordinadores:
— Turno mañana:
6 Coordinadores
1 Supervisor
— Turno de tarde:
6 Coordinadores
1 Supervisor
— Turno de noche:
3 Coordinadores
1 Supervisor
— Turno de refuerzo:
2 Coordinadores
Justificación: Dotación mínima en cada turno para poder asegurar la atención a las emergencias en el Centro de Coordinación de Emergencias.
Área de Bomberos de Asturias:
Departamento de Logística:
— En jornada presencial diurna: 1 Mecánico Supervisor.
En jornada presencial diurna: 1 Técnico Aux. de Mantenimiento.
En jornada presencial diurna: 1 Técnico Aux. de Suministros.
En jornada presencial diurna: 4 Coordinadores Territoriales.
Justificación: El personal mínimo imprescindible para poder hacer frente a las averías, transportes e imprevistos de los equipos y el material susceptible de poder ser utilizado en emergencias.
Escala Operativa:
Grupo de Rescate:
— Entre 09:30 y 21:00: 2 Bomberos-Rescatadores.
Parque de Avilés:
— En jornada presencial de 24 horas: 5 Efectivos
Parque de Bomberos de Cangas del Narcea:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Cangas de Onís:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Castropol:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Grado:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Piloña:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Pravia:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Proaza:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Tineo:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Grandas de Salime:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Ibias:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de La Morgal:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Llanes:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Mieres:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de San Martín del Rey Aurelio:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Caso:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Somiedo:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Valdés:
— En jornada presencial diurna: 3 Efectivos
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Parque de Bomberos de Villaviciosa:
— En jornada presencial de 24 horas: 3 Efectivos
Justificación: Las dotaciones mínimas previstas para cada uno de los Parques de Bomberos se han elaborado de tal forma que éstos puedan ser operativos ante una emergencia.
Centro de Coordinación de Emergencias:
— En jornada diaria: 3 Jefes de Zona de Bombero, 1 Jefe Supervisor de Bomberos, 1 Técnico de Intervención Grupo A y 1 Jefe de Área de Bomberos.
Justificación: Las dotaciones mínimas previstas en este caso, se han elaborado de tal forma que se garantice la coordinación de cualquier situación de emergencia.
Servicio Jurídico-Económico y Administrativo:
Registro: 1 Auxiliar Administrativo.
Justificación: El organismo tiene Registro propio y a los efectos de cubrir el mínimo.
— 1 Técnico grupo B.
Justificación: Necesidades sobrevenidas de contratación urgente de personal.
— 1 Auxiliar administrativo.
Justificación: Apoyo para el imprescindible procedimiento administrativo.
— 1 Ordenanza.
Justificación: Comunicaciones de seguimiento día de la huelga.
Segundo.—Dejar sin efecto la Resolución de 27 de septiembre de 2021 de la Consejería de Presidencia por la que se establecen los servicios mínimos con motivo de las convocatorias de huelga indefinida desde el próximo día 29 de septiembre de 2021, huelga de jornada completa para los días 29 y 30 de septiembre, 13, 14, 27 y 28 de octubre y huelga parcial el día 4 de octubre de 2021 por la “Comisión Abierta de huelga estatal por la lucha de los trabajadores en precario de las Administraciones Públicas”, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 187 de 28 de septiembre.
Tercero.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, surtiendo efectos el mismo día de su publicación.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 30 de septiembre de 2021.—La Consejera de Presidencia, Rita Camblor Rodríguez.—Cód. 2021-08831.