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Boletín Nº 180 del viernes 17 de septiembre de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

Extracto de la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se convocan ayudas extraordinarias, supletorias y urgentes destinadas a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes del sector cultural que no se encontraban al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social con cargo al fondo de ayudas urgentes por la COVID-19 durante el año 2021.

BDNS (Identif.): 583645.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/583645).

De conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.—Beneficiarios.

Trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes afectadas por la crisis de la COVID-19, con domicilio fiscal en el territorio del Principado de Asturias y cuyas no pudieron ser desarrolladas como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que como consecuencia de sus deudas desde el 14 de marzo de 2020 no hubiesen podido solicitar, o le hubieran sido denegadas ayudas convocadas con cargo a la disposición adicional IX de la Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2021.

Segundo.—Objeto.

Convocatoria de ayudas extraordinarias, supletorias y urgentes destinadas a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes afectados por la crisis de la COVID-19, con domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, cuya actividad no pudo ser desarrollada plenamente como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y que no pudieron dar cumplimiento a la totalidad de condiciones y requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para acreditar la condición subjetiva de beneficiarios y para que pudiera o pueda procederse al pago de la ayuda.

Tercero.—Bases reguladoras:

Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2021 crea en su disposición adicional novena (BOPA n.º 251, de 31-12-2020).

Decreto 23/2021, de 7 de mayo, por el que se aprueba las normas especiales reguladoras de las ayudas a colectivos específicos con cargo al fondo de ayudas urgentes por la COVID-19 durante el año 2021 (BOPA n.º 95, de19-05-2021).

Cuarto.—Cuantía.

Cuantía total: 300.000 € Cuantía máxima, según bloque y tramo que corresponda.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

Díez (10) días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

Obligatoriamente a través del formulario específico, AYUD0362T01 ayudas extraordinarias, supletorias y urgentes a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes del sector cultural con cargo al fondo de ayudas urgentes por la COVID-19, disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias https://sede.asturias.es/.

Otra información específica:

La subvención se hará efectiva de la siguiente manera:

a) El 90% una vez resuelta su concesión. Pago anticipado.

b) El 10% restante, una vez que se compruebe que el beneficiario ha procedido a ponerse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el plazo de quince (15) días naturales contados a partir del día en que haya recibido el anticipo.

Séptimo.—Financiación:

Estas ayudas son financiadas como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19 con recursos React-UE. Dichos recursos adicionales de la Unión Europea se incorporarán, con una cofinanciación de hasta el 100%, al Programa Operativo del Fondo Social Europeo del Principado de Asturias 2014-2020 (2014ES05SFOP004).

En Oviedo, a 13 de septiembre de 2021.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód. 2021-08461.