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Boletín Nº 176 del lunes 13 de septiembre de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE HACIENDA
ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Resolución de 29 de julio de 2021, de la Consejería de Hacienda, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 6 de Oviedo en el procedimiento abreviado 67/2021. Revisión de actos nulos de pleno derecho 9/2020.

El Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 6 de Oviedo ha dictado Sentencia de fecha 1 de junio de 2021, en el recurso contencioso-administrativo n.º 67/2021 interpuesto contra la resolución dictada por la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias de fecha 19 de febrero de 2021, por la que se declara inadmisible la solicitud de declaración de nulidad formulada frente a liquidación practicada por el Ayuntamiento de Langreo en concepto de Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, ejercicio 2020.

La referida Sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la Sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

“Que desestimando como desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del Banco de Santander, S. A., contra la resolución dictada por la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias de fecha 19 de febrero de 2021, por la que se declare inadmisible la solicitud de declaración de nulidad formulada por la actora en fecha 26 de noviembre de 2020 frente a la liquidación n.º 20203333031VT08L0000156 girada en el ejercicio 2020 en concepto de impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), se acuerda:

1.º Confirmar íntegramente la resolución recurrida por estimarla ajustada a derecho.

2.º No procede la imposición de las costas causadas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 29 de julio de 2021.—La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.—Cód. 2021-08115.