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Boletín Nº 126 del jueves 01 de julio de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL

Resolución de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se acuerda someter trámite de información pública de la propuesta de decreto de sexta modificación del Reglamento de Caza aprobado por Decreto 24/1991, de 7 de febrero.

Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Iniciado mediante Resolución del Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial de 10 de mayo de 2021 el procedimiento para la elaboración de Decreto de sexta modificación del reglamento de caza aprobado por Decreto 24/1991, de 7 de febrero.

Fundamentos de derecho

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y específicamente lo señalado el artículo 33.2 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y demás disposiciones de general aplicación,

PROPONGO

Primero.—Someter a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles, la propuesta de decreto de sexta modificación del reglamento de caza aprobado por Decreto 24/1991, de 7 de febrero, a cuyos efectos dicha disposición será expuesta durante el citado período en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (Easmu, planta 3.ª, calle Coronel Aranda, 2, de Oviedo), así como en el Servicio de Atención Ciudadana (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, planta plaza de Oviedo).

Dicha documentación se encontrará asimismo disponible en el portal www.asturiasparticipa.es de la Administración del Principado de Asturias desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Segundo.—Las alegaciones que en su caso se formulen deberán dirigirse a la Ilmo. Sr. Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, y presentarse en la Oficina Central de asistencia en materia de registros de la Administración del Principado de Asturias (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, c/ Coronel Aranda, n.º 2), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando a tal efecto el modelo normalizado para la presentación de alegaciones disponible en la Ficha de Servicio B_SOL_2-Aporte de documentación a la Administración, publicada en https://sede.asturias.es/

En Oviedo, a 25 de junio de 2021.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro J. Calvo Rodríguez.—Cód. 2021-06528.