AYUNTAMIENTOS
DE GIJÓN
Anuncio. Extracto de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón para proyectos de recuperación y difusión de la memoria democrática del concejo de Gijón/Xixón, año 2021.
BDNS (Identif.): 570872.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/570872).
Objeto.
La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a personas jurídicas sin ánimo de lucro públicas o privadas, para el desarrollo de proyectos de interés general de recuperación, difusión y conocimiento de la memoria democrática del concejo de Gijón/Xixón en los términos del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Gijón/Xixón de fecha 8/10/2015-13/10/2015.
Todos los proyectos deberán tener relación con la memoria democrática del territorio del concejo de Gijón/Xixón. Los límites temporales podrán abarcar el período desde 1936 hasta 1977 que favorezcan la convivencia en el concejo de Gijón/Xixón.
En los términos del párrafo anterior, podrán subvencionarse proyectos que incluyan una o varias de las actuaciones siguientes:
— Actuaciones de conservación y recuperación del patrimonio democrático y social, material e inmaterial, que incluye tanto actividades destinadas a la creación de datos biográficos de testimonios, especialmente en soporte audiovisual, como a la localización y censo de lugares, monumentos, vestigios, nombres u otros documentos sobre la temática incluida en estas bases.
— Actuaciones de investigación, estudio y edición sobre fuentes documentales, informes, documentos, testimonios orales, materiales didácticos y cualquier otro elemento que estén vinculados a la memoria democrática del concejo.
— Actuaciones de difusión y formación: organización de congresos, simposios, jornadas, seminarios y exposiciones temporales o creación de productos audiovisuales, edición de publicaciones y proyectos educativos sobre la temática referida.
— La realización de proyectos de homenaje o conmemoración de personas y/o acontecimientos relacionados con la Memoria Democrática del concejo de Gijón/Xixón.
Expresamente se hace constar que, en cualquier caso, para ser admitidos, todos los proyectos sean cuál sean las actuaciones previstas, deberán detallar los mecanismos de difusión y/o formación posterior proyectados, de tal forma que sea posible su más amplia divulgación.
El Ayuntamiento de Gijón/Xixón se reserva la posibilidad de realizar una selección de proyectos para su exhibición en los espacios públicos gestionados por el mismo.
Requisitos.
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las personas jurídicas descritas en el apartado I de la convocatoria, que desarrollen sus actividades en el ámbito de ésta, dentro del concejo de Gijón/Xixón.
Para ser beneficiarias de las ayudas, las personas o entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tener entre sus fines y acciones principales la recuperación de la memoria democrática dentro del municipio de Gijón/Xixón o, en su caso, del Principado de Asturias.
Ser entidades sin ánimo de lucro que tengan sede abierta o delegación permanente en el concejo de Gijón/Xixón o, en su caso, en el Principado de Asturias.
En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en los Registros Municipales de Asociaciones y de Fundaciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, o en su defecto en el Registro del Principado de Asturias.
No podrán concurrir a esta convocatoria entidades participadas por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón (fundaciones, consorcios, patronatos, etc.).
No concurrir en la persona o entidad solicitante ninguna circunstancia que le impida obtener la condición de beneficiario de la subvención de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de no ser deudor del ayuntamiento de Gijón/Xixón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la propuesta de acuerdo de la concesión de las subvenciones.
Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
Cuando las solicitudes sean presentadas por una agrupación de personas o entidades memorialistas, todas ellas deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en los apartados anteriores.
Cuantía de la subvención y financiación:
La cuantía global de la presente convocatoria para el año 2021 asciende a cuarenta mil euros (40.000 €), que se financian con cargo a la aplicación presupuestaria I25.33400.48020 “Otras transferencias. Promoción Cultural” del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del año 2020, prorrogado para 2021.
Las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos de los proyectos seleccionados y serán compatibles con otras financiaciones.
La cuantía que podrá subvencionarse por cada proyecto no podrá superar los 6.000 euros.
Cada solicitante podrá presentar un sólo proyecto, si bien puede ampliarse a un número de dos, si en uno de los dos proyectos participan una o varias asociaciones memorialistas.
El importe de la subvención no podrá ser superior al 80% del presupuesto global del proyecto y, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del proyecto subvencionado.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud, acompañada de la documentación complementaria correspondiente, deberá presentarse, de conformidad con el artículo 16 de la LPACAP, electrónicamente a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es/registroelectronico).
El plazo general de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA.
Publicidad de la convocatoria.
La publicidad de la convocatoria de subvenciones se realizará a través de la base de datos nacional de subvenciones en cumplimiento de lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Además la presente convocatoria y cuantos anuncios y notificaciones se deriven de la misma, se notificarán mediante publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (htpps://sedeelectronica.gijon.es/).
Gijón, a 23 de junio de 2021.—La Alcaldía.—Cód. 2021-06469.