AYUNTAMIENTOS
DE GIJÓN
Anuncio. Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 8 de junio de 2021, del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, por el que se convocan las subvenciones destinadas a sufragar los Gastos generales de funcionamiento de las asociaciones vecinales (ejercicio 2021).
BDNS (Identif.): 568693.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/568693).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero.—Beneficiarios:
Las asociaciones vecinales constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
Segundo.—Objeto y finalidad:
Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las asociaciones vecinales, constituidas como tales, y con ámbito de actuación en el concejo de Gijón/Xixón, para sufragar los gastos de funcionamiento, las rentas de sus sedes sociales y los gastos de inversión durante el ejercicio 2021.
Tercero.—Bases reguladoras:
Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Gijón, aprobada definitivamente por el Pleno del día 14 de octubre de 2005 y publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el 27 de enero de 2006.
Cuarto.—Cuantía:
165.000 euros (ciento sesenta y cinco mil euros): 150.000 euros (ciento cincuenta y mil euros), para Gastos de Funcionamiento de las Asociaciones Vecinales, y 15.000 euros (quince mil euros), para sus Gastos de Inversión.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial Principado de Asturias (Art. 30 de la LPACAP), excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Si el último día del plazo fuera uno de los señalados como inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Gijón/Xixón, a 8 de junio de 2021.—La Concejalía Secretaria de la Junta de Gobierno Local.—Cód. 2021-05975.