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Boletín Nº 86 del jueves 06 de mayo de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE BOAL

Anuncio. Rectificación de error en el anuncio de las “Bases reguladoras de la convocatoria sobre ayudas estatales y autonómicas destinadas a actuaciones de regeneración y renovación urbana y rural” (BOPA de 24 de marzo de 2021).

Advertido el error en el anuncio de las bases reguladoras de la convocatoria sobre ayudas estatales y autonómicas destinadas a actuaciones de regeneración y renovación urbana y rural “Suelo Urbano” Avenida de Asturias y Calle Melquiades Álvarez de Boal (BOPA 24-3-2021) se rectifica el mismo y

Donde dice:

“Novena.—Cuantía de las Ayudas.

La cuantía máxima de las ayudas estatales se determinará atendiendo al coste total de la intervención, que se desglosará según los criterios de fijación de cuantías del punto 2 del artículo 52 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, y no podrán exceder, de forma individualizada, del 40% de su coste, ni de la cantidad de 12.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación ni de 30.000 euros por cada vivienda de nueva construcción (en su caso). Las obras en las que no se acredite una mejora energética superior el 25% de la demanda de calefacción, la ayuda está limitada a 8.000,00 euros por vivienda, solo se podrá llegar a los 12.000,00 euros si se acredita dicha mejora.”

Debe decir:

“Novena.—Cuantía de las Ayudas.

La cuantía máxima de las ayudas estatales se determinará atendiendo al coste total de la intervención, que se desglosará según los criterios de fijación de cuantías del punto 2 del artículo 52 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, y no podrán exceder, de forma individualizada, del 40% de su coste, ni de la cantidad de 12.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación ni de 30.000 euros por cada vivienda de nueva construcción (en su caso). Las obras en las que no se acredite una mejora energética superior el 35% de la demanda de calefacción, la ayuda está limitada a 8.000,00 euros por vivienda, solo se podrá llegar a los 12.000,00 euros si se acredita dicha mejora.”

En Boal, a 30 de abril de 2021.—El Alcalde.—Cód. 2021-04519.