OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
Extracto de la Resolución de 19 de abril de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueba convocatoria pública de concesión de subvenciones a las asociaciones de artesanos del Principado de Asturias para la organización de ferias y cursos de formación.
BDNS (Identif.): 558378.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/558378).
Primero.—Beneficiarios.
Asociaciones de artesanos del Principado de Asturias, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
Segundo.—Objeto.
Línea 1: Organización de ferias.
Línea 2: Ayudas para la formación del artesano.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de fecha 26 de junio de 2012 (BOPA de 25-07-2012).
Primera modificación de las bases reguladoras aprobada por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de fecha 11 de febrero de 2013 (BOPA de 18-02-2013).
Segunda modificación de las bases reguladoras aprobada por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de fecha 22 de abril de 2014 (BOPA de 14-05-2014).
Tercera modificación de las bases reguladoras aprobada por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de fecha 18 de febrero de 2015 (BOPA de 19-03-2015).
Cuarta modificación de las bases reguladoras aprobada por Resolución de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica de fecha 11 de marzo de 2021 (BOPA de 18-03-2021).
Cuarto.—Cuantía.
Línea 1: Aplicación 1305.622C.486.019: 85.000 € ampliable hasta 40.000 € cuando se cumplan las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Línea 2: Aplicación 1305.622C.786.005: 5.000 € ampliable hasta 2.000 € cuando se cumplan las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Cuantía total: 90.000 euros (noventa mil euros).
Quinto.—Plazo de realización de las actuaciones.
La realización de las actuaciones objeto de esta convocatoria debe estar comprendida entre el 16 de octubre de 2020 y 15 de septiembre de 2021.
Sexto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Séptimo.—Otros datos de interés.
Las solicitudes y documentación adjunta deberán presentarse de forma electrónica únicamente a través de la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección https://sede.asturias.es/. El formulario de solicitud está disponible en la sede indicando en el buscador el procedimiento número:
Línea 1: Organización de ferias AYUD0055T01.
Línea 2: Ayudas para la formación del artesano AYUD0055T02.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.
El formulario deberá ser cumplimentado en todos sus apartados y estar firmado electrónicamente por el representante legal de la persona jurídica por cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica del Principado de Asturias que pueden comprobarse en el apartado de sistemas de firma electrónica admitidos y/o usados en la sede.
Oviedo, a 19 de abril de 2021.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica, Enrique Fernández Rodríguez.—Cód. 2021-03973.