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Boletín Nº 85 del miércoles 05 de mayo de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA

Resolución de 14 de abril de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, de concesión de prórroga adicional al establecido en la Resolución de 7/11/2019 por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción. Expediente AUTO/2021/3378 (AT-10533).

Antecedentes de hecho

Primero.—La Resolución de fecha 07/11/2019 por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a Viesgo Distribución Eléctrica SL para la instalación LSAT y reforma del CT Cortaficio 1 (3445) (Tapia de Casariego), establece que el plazo para llevar a cabo la puesta en servicio es de un año a partir de la obtención de todas las concesiones y autorizaciones necesarias.

Segundo.—Con fecha 05/04/2021, Viesgo Distribución Eléctrica SL dirige escrito a la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica solicitando la ampliación del plazo establecido en la Resolución anterior para la ejecución de la instalación autorizada.

Los motivos alegados son los siguientes:

“Debido a la reprogramación de las actuaciones a ejecutar durante el año 2020-2021, no ha sido posible iniciar las obras contempladas en este proyecto. Por lo que no será posible finalizarlas en el plazo establecido en su autorización.”

Tercero.—Se considera que la solicitud de la empresa beneficiaria se encuentra plenamente justificada por los motivos expuestos.

Fundamentos de derecho

Primero.—Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 128 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo.—Siendo esta Consejería competente para conocer el presente expediente en virtud de las atribuciones que en esta materia le vienen conferidas por el Ordenamiento jurídico vigente; Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, L. O. 7/81, reformado por la L. O. 1/94 y 1/99; y teniendo en cuenta que mediante la Resolución de 17 de junio de 2020 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se delega en el titular de la Dirección General la competencia para resolver el referido expediente.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos citados, por la presente,

RESUELVO

Único.—Conceder a Viesgo Distribución Eléctrica SL una prórroga de un año adicional al establecido en la Resolución indicada en el punto Primero de los antecedentes de hecho, para la ejecución de la instalación reseñada.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 14 de abril de 2021.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.—(P. D. Resolución de 17/06/2020, BOPA del 22 de junio), la Directora General de Energía, Minería y Reactivación.—Cód. 2021-03970.