Buscar en el BOPA :

Consultar una disposición

Boletín Nº 84 del martes 04 de mayo de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE GIJÓN

Anuncio. Aprobación definitiva del estudio de detalle de la unidad de actuación RC-04. Ref. 57231G/2019.

Anuncio

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de marzo de 2021, aprobó definitivamente el estudio de detalle de la unidad de actuación RC-04, promovido por Promociones Rendueles López, S. L., cuya parte dispositiva es la que sigue:

Primero.—Aprobar definitivamente el estudio de detalle de la Unidad de Actuación RC-04, promovido por Promociones Rendueles López, S. L., con las siguientes condicionales:

1. La concesión de licencias urbanísticas en el ámbito de ordenación de este estudio de detalle estará supeditada a la previa aprobación de los correspondientes proyectos de compensación y de urbanización del ámbito.

2. El proyecto de urbanización resolverá las rasantes en continuidad con los viarios existentes y conforme a las determinaciones que se señalen por el Servicio de Obras Públicas.

3. De conformidad con lo dispuesto en el art. 378.3 del ROTU se garantizará el seis por ciento de 80.000 €, importe de los costes de urbanización previstos en el estudio de detalle, antes de un mes desde la notificación del acuerdo de aprobación definitiva del presente estudio de detalle, quedando condicionada la publicación del mismo, y por tanto su eficacia, a la constitución de la citada garantía.

4. Con el fin de dar cumplimiento a la resolución sobre normalización de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística (BOPA de 25-09-14), una vez adoptado el correspondiente acuerdo de aprobación definitiva, el promotor deberá aportar la documentación del estudio de detalle aprobado definitivamente en formatos digitales abiertos y vectoriales, elaborados conforme a dicha Instrucción, para su incorporación al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística y su integración en el Sistema de Información Territorial del Principado de Asturias, quedando condicionada la publicación del acuerdo de aprobación definitiva a la presentación de esta documentación, de conformidad con lo previsto en el artículo 285.3 del ROTU.

5. Conforme a lo establecido en el informe favorable emitido por la Dirección General de Aviación Civil (expediente 190492), al encontrarse la totalidad del ámbito incluido en las zonas y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas, la ejecución de cualquier construcción, instalación (postes, antenas, aerogeneradores —incluidas las palas-, medios necesarios para la construcción (incluidas las grúas de construcción y similares)) o plantación, requerirá acuerdo favorable previo de Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), conforme a los artículos 30 y 31 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.

Segundo.—De conformidad con lo previsto en el artículo 97 del TROTU, en relación con el artículo 70.2 de la LBRL, una vez cumplida la condicional indicada en el punto tercero del apartado anterior, proceder a la publicación íntegra del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, así como a la notificación individualizada a los propietarios y demás interesados directamente afectados comprendidos en el ámbito territorial del estudio de detalle.

Tercero.—Conforme a lo establecido en los artículos 23 y 96 del TROTU, y 284 del ROTU, dar traslado de este acuerdo y de la documentación del estudio de detalle aprobado definitivamente a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias, a efectos de información, coordinación y archivo.

Cuarto.—Remitir una copia del acuerdo y de la documentación técnica al Servicio Técnico de Urbanismo, así como una copia del acuerdo al Servicio de Licencias y Disciplina, a los efectos oportunos.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos, significándose que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Gijón, a 16 de abril de 2021.—La Secretaria General.—Cód. 2021-03913.